SAMSON/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.
Rol
Fecha
25 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO/INTERPUE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y desprendiéndose de los hechos que se funda el recurso que estos dicen relación con otras garantías constitucionales en relación a la libertad personal y la seguridad individual, por lo que se declara que se omite pronunciamiento del presente ingreso y se ordena aperturar un nuevo ingreso en el Libro de “Protección” por la Unidad correspondiente, debiendo incorporar al mismo todas las piezas de estos autos y la presente resolución. Cúmplase de inmediato. Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la naturaleza cautelar y sumaria del procedimiento, se procede a proveer derechamente el escrito folio N° 1 Ingreso Recurso: Por interpuesto recurso de protección. Informe el recurrido “Servicio Nacional de Migraciones” dentro de 24 horas, debiendo adjuntar todos los antecedentes necesarios para la correcta inteligencia y resolución del recurso deducido. Requiérase por la vía más expedita, sirviendo la presente resolución de suficiente y atento oficio emisor. Al primer otrosí: Habiendo sido incorporados los documentos a la carpeta virtual, téngaseles por acompañados. Al segundo otrosí: Téngase presente el patrocinio. En cuanto al poder, constitúyase conforme a derecho. Se hace presente que, atendida la contingencia sanitaria, lo anterior puede constituirse ante la Sra. Secretaria de la Corte ingresando a la página web www.icavalparaiso.cl, sección “autorización de poder”. Al tercer otrosí: Atendido lo dispuesto en el inciso segundo del numeral 8º del Auto Acordados sobre la materia, no ha lugar a la forma de notificación solicitada. Atendido lo expuesto precedentemente, y estando disponible para su consulta en el sistema computacional SITCORTE, téngase a la vista la causa Protección N° 38.178-2021 de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago para los fines pertinentes. Regístrese y archívense. N°Amparo-1592-2022.
Fallo
se declara que se omite pronunciamiento del presente ingreso y se ordena aperturar un nuevo ingreso en el Libro de “Protección” por la Unidad correspondiente, debiendo incorporar al mismo todas las piezas de estos autos y la presente resolución. Cúmplase de inmediato. Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la naturaleza cautelar y sumaria del procedimiento, se procede a proveer derechamente el escrito folio N° 1 Ingreso Recurso: Por interpuesto recurso de protección. Informe el recurrido “Servicio Nacional de Migraciones” dentro de 24 horas, debiendo adjuntar todos los antecedentes necesarios para la correcta inteligencia y resolución del recurso deducido. Requiérase por la vía más expedita, sirviendo la presente resolución de suficiente y atento oficio emisor. Al primer otrosí: Habiendo sido incorporados los documentos a la carpeta virtual, téngaseles por acompañados. Al segundo otrosí: Téngase presente el patrocinio. En cuanto al poder, constitúyase conforme a derecho. Se hace presente que, atendida la contingencia sanitaria, lo anterior puede constituirse ante la Sra. Secretaria de la Corte ingresando a la página web www.icavalparaiso.cl, sección “autorización de poder”. Al tercer otrosí: Atendido lo dispuesto en el inciso segundo del numeral 8º del Auto Acordados sobre la materia, no ha lugar a la forma de notificación solicitada. Atendido lo expuesto precedentemente, y estando disponible para su consulta en el sistema computacional SITCORTE, téngase a la vista la
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yrb C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticinco de agosto de dos mil veintidós. Proveyendo a folio N° 1 Ingreso Recurso: Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y desprendiéndose de los hechos que se funda el recurso que estos dicen relación con otras garantías constitucionales en relación a la libertad personal y la seguridad individual, por lo que se declara que se omite pronunciamiento de
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