34º JUZGADO DEL CRIMEN DE SANTIAGO

QTE: AGRUPACION DE FAMILIARES EJECUTADOS POLITICOS - SUBSECTRERIA DE DERECHOS HUMANOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS / CUEVAS OSSES RENE LUIS - TOMO II

Rol

Fecha

22 de agosto de 2022

Materia

HOMICIDIO SIMPLE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Apareciendo de los antecedentes que no se encuentra agotada la investigación, existiendo diligencias precisas que podrían aportar al esclarecimiento de los hechos y para dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 108 del Código de Procedimiento Penal, se revoca la resolución apelada de trece de junio de este año, escrita a fojas 600 y siguientes y, consecuentemente, se ordena la reapertura del sumario con el objeto de practicar las siguientes diligencias solicitadas por la Unidad Programa de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a fojas 504 y la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos a fojas 578 y todas aquellas que de éstas deriven: 1.- Reconstitución de escena que se llevará a cabo con todos los testigos y Rene Cuevas Osses, a objeto de determinar la dinámica de los hechos investigados y posicionar y corroborar las versiones acerca de los mismos, la que deberá practicarse en el inmueble ubicado en calle o pasaje Los Presidentes 4530, comuna de Ñuñoa (supuestamente de actual nominación Ignacio Carrera Pinto), que correspondería al domicilio en que residía la víctima al momento de los hechos, según se colige de lo señalado a fojas 14 en el informe del Servicio Médico Legal, al fijar el lugar los hechos en calle Siria con Diagonal Los Presidentes; de la declaración a fojas 319 de Rene Cuevas Osses (último párrafo, primera página); del testimonio a fojas 106 de Francisco Muñoz Navarro (tercer acápite); y de los dichos de Purísima Navarro Aguilera a fojas 104. 2.- Orden a la Brigada de la Policía de Investigaciones, a efectos de que determine la identidad del tercero civil que habría conducido la camioneta que llevó a los funcionarios de la FACH al domicilio de la víctima, según se advierte de la declaración de Juan Lorenzo Labra Díaz de 8 de agosto de 2014, a fojas 165 y 357. Devuélvase la competencia. Penal N°2.881-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de agosto de dos mil veintidós. A los folios 24, 25 y 26; a todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Apareciendo de los antecedentes que no se encuentra agotada la investigación, existiendo diligencias precisas que podrían aportar al esclarecimiento de los hechos y para dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 108 del Código de Procedimien

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