M.P C/ DIEGO ALEJANDRO TORRES URIBE. RECURSO INCORPORADO A LA TABLA DE HOY DE ACUERDO A LEY N°20.253
Rol
Fecha
22 de agosto de 2022
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia y de los antecedentes hasta ahora reunidos en la causa, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el que fue formalizada la investigación, y se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,
Fundamentos
considerando su gravedad, forma de comisión, pena probable, modalidad de cumplimiento y bienes jurídicos protegidos, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se revoca la resolución dictada en audiencia de veinte de agosto del año en curso, por el Décimo Quinto Juzgado de Garantía de Santiago, en cuanto por ella no se hizo lugar a decretar la prisión preventiva del imputado Diego Alejandro Torres Uribe y
Fallo
se declara que éste último queda sometido a la medida cautelar antes señalada. Sin perjuicio de lo anterior, con el mérito de lo expresado por los intervinientes en la audiencia y lo actuado ante el tribunal de primer grado, el juez de la causa solicitará, igualmente y a la brevedad, un informe preliminar a la Unidad de Evaluación de Personas Imputadas Intrapenitenciaria (UEPI/Horwitz) acerca de las facultades mentales del encausado. Devuélvase y comuníquese vía interconexión. N°2300-2022-PENAL
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En San Miguel, a veintidós de agosto de dos mil veintidós. Sala: Tercera Sala Rol: 2300-2022-Penal Ruc: 2200808972-1 RIT: 2972-2022 Tribunal: 15° Juzgado de Garantía de Santiago. Integrantes: Ministras señora Alejandra Pizarro Soto, señora Carmen Gloria Escanilla Pérez y fiscal judicial señora Carla Troncoso Bustamante. Relator: Nicole Bustos Maulén Digitadora: Janet Meléndez Triviño Fiscal: Fabi
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