/RIOS
Rol
Fecha
18 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Primero: Que bajo el folio 1, con fecha 12 de agosto del año en curso, comparece don Camilo Bahamondes Oses, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado en calle Max Jara 278 de la comuna de Linares, deduciendo acción de amparo a favor del condenado Manuel Rodrigo Castro Castro, cédula nacional de Identidad Nº 17.448.902-5, quien se encuentra privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Linares, en contra de la Ministra de Justicia y Derechos Humanos doña Marcela Ríos Tobar, quien firmó el decreto exento 1893/2022 de 2 de agosto del presente año del Ministerio de Justicia y de Derechos Humanos, el que rechaza la reducción de condena de la Ley 19.856 al amparado por aplicar erradamente una ley posterior (Ley 21.421). Explica que el amparado el 25 de junio de 2018, fue condenado por violación de menor de 14 años a la pena de cumplimiento efectivo de 6 años de presidio mayor en su grado mínimo, por el Tribunal Oral en lo Penal de Linares en causa Ruc 16002799897-6. Indica que inició su privación de libertad el 21 de marzo de 2017 y la fecha de cumplimiento de la misma sería el día 21 de marzo de 2023. Afirma que el amparado desde el inicio de su condena mantuvo una conducta sobresaliente. Así, por aplicación de la Ley 19.856 fue reduciendo su condena, y en noviembre del año 2021, la Comisión de beneficio de reducción de Condena resolvió administrativamente la reducción de la misma determinándose como fecha de cumplimiento de condena el 21 de agosto del presente año. No obstante el decreto exento 1893/2022 de fecha 02 de agosto de 2022 del Ministerio de Justicia y de Derechos Humanos, firmado por la ministra de Justicia y Derechos Humanos Marcela Rios Tobar, rechazó la aplicación de dicha rebaja aduciendo la existencia de la Ley 21.421, de fecha 09 de febrero de 2021 (Que excluye de los beneficios regulados en la Ley 19.856 a quienes hayan cometido delitos de carácter sexual contra personas menores de edad), es decir, aplica dicha Le
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre la materia, se declara que SE ACOGE la acción constitucional de amparo deducido a favor del condenado Manuel Rodrigo Castro Castro y, por tanto, se deja sin efecto el Decreto Exento Nº 1893/2022 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de 02 de agosto de 2022, que rechazó la reducción de condena de la Ley 19.856 a su respecto y, en su lugar, se ordena se dicte el decreto que corresponda conforme a lo resuelto por la Comisión de Reducción de Condenas. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 287-2022/Amparo.
Texto Completo (Preview)
Talca, dieciocho de agosto de dos mil veintidós. Visto: Primero: Que bajo el folio 1, con fecha 12 de agosto del año en curso, comparece don Camilo Bahamondes Oses, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado en calle Max Jara 278 de la comuna de Linares, deduciendo acción de amparo a favor del condenado Manuel Rodrigo Castro Castro, cédula nacional de Identidad Nº 17.448.902-5, quien se e
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica