CORREA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
18 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece Jorge Correa Fuentes, abogado, a favor de CHEELOVE ULYSSE, haitiano, deduciendo acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, lo que vulnera lo preceptuado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880. Indica que el recurrente, con fecha 25 de septiembre de 2020, solicitó la permanencia definitiva ante la autoridad migratoria. Sin embargo, ha transcurrido más de un año, sin que a la fecha se haya resuelto su solicitud; demora que implica una constante preocupación e incertidumbre. Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción, ordenando a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva. A folio 4, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Indica que el recurrente solicitó ante el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública el beneficio del permiso de permanencia definitiva, la que se declaró desistida con fecha 22 de diciembre de 2021, en virtud a la Resolución Exenta N°21511323 , señalando “Que, evaluada la petición en conformidad a la normativa migratoria vigente, con fecha 23- 11-2021, mediante correo electrónico, se notificó al extranjero que la solicitud enviada estaba incompleta, y se le otorgó el plazo de 5 días hábiles para subsanar la falta y acompañar toda la documentación requerida, bajo apercibimiento de tener por desistida su solicitud, según consta en el artículo 31 de la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Que, habiendo transcurrido el plazo otorgado para la subsanación, no se enviaron los documentos solicitados por la autoridad migratoria”. A folio 5, se ordenó traer los autos en relación. 06-0
Fallo
Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción, ordenando a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva. A folio 4, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Indica que el recurrente solicitó ante el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública el beneficio del permiso de permanencia definitiva, la que se declaró desistida con fecha 22 de diciembre de 2021, en virtud a la Resolución Exenta N°21511323 , señalando “Que, evaluada la petición en conformidad a la normativa migratoria vigente, con fecha 23- 11-2021, mediante correo electrónico, se notificó al extranjero que la solicitud enviada estaba incompleta, y se le otorgó el plazo de 5 días hábiles para subsanar la falta y acompañar toda la documentación requerida, bajo apercibimiento de tener por desistida su solicitud, según consta en el artículo 31 de la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Que, habiendo transcurrido el plazo otorgado para la subsanación, no se enviaron los documentos solicitados por la autoridad migratoria”. A folio 5, se ordenó traer los autos en relación. 06-08-2021.ecurrente:a: 04-08-2021 como residente temporario,le. a la fecha,, para que remita copia de las cartolas bancarias dCON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas q
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I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de agosto de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece Jorge Correa Fuentes, abogado, a favor de CHEELOVE ULYSSE, haitiano, deduciendo acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, lo que vulnera lo preceptuado en el artículo
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