C/ JOSE DOMINGO RAMIREZ LABASTIDA. DTE. M.P.
Rol
Fecha
18 de agosto de 2022
Materia
CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE MUERTE ART. 196 INC. 3 LEY DE TRANSITO.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Que atendido el mérito de autos y lo expuesto por los intervinientes en estrados, llevan a esta Corte a concluir que en la especie existen antecedentes que justifican la existencia del delito y permiten además presumir fundadamente la participación del imputado en el mismo, concurriendo los elementos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, en cuanto a la letra c), estiman estos sentenciadores que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, compartiendo los argumentos del juez a quo y atendido especialmente el carácter del delito, su forma de comisión, el número de víctimas involucradas y la gravedad de la pena asignada al delito. Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia del día once de agosto de dos mil veintidós, por el Juzgado de Garantía de Coquimbo, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado José Domingo Ramírez Labastida, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (I) Daniella Pinto Cortés. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 897-2022 Penal.-
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia del día once de agosto de dos mil veintidós, por el Juzgado de Garantía de Coquimbo, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado José Domingo Ramírez Labastida, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (I) Daniella Pinto Cortés. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 897-2022 Penal.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, dieciocho de agosto de dos mil veintidós. Siendo las 09:15 horas ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro señor Felipe Pulgar Bravo e integrada por la Fiscala Judicial señora Pilar Aravena Gómez y el abogado integrante señor Fernando Roco Pinto, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa en contra de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica