JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE MULCHEN

IMPUTADOS: VALESKA ANDREA BRIONES BASCUR Y OTROS

Rol

Fecha

18 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el Ministerio Público, ha interpuesto recurso de apelación respecto de la resolución de 1 de Julio de 2022, que declaró ilegal la detención de los encartados formalizados, practicada por funcionarios de Bicrim de Mulchén el día 30 de Junio de 2022, por el delito de tráfico de drogas. Se indica, que la detención policial se practicó el día 30 de Junio de 2022 a las 15.20 horas aproximadamente, en la intersección de calle Salvo con Manera de Mulchén, en la hipótesis del Art. 130 letra a) de Código Procesal Penal, pues se sorprende a los encartados en el interior del vehículo Kia Sportage, poseyendo y transportando 2 kilos 48 gramos de cocaína, y $7.982.000 en billetes. Agrega, que existió una orden de investigar emanada de la fiscalía que Bicrim diligenciaba, donde se denuncia que un sujeto de nombre Paulo que vendía droga a través del sistema Delivery, en distintos vehículos, ignorando las patentes y que la droga se acopia en el pasaje Los Temos 391, Villa La Granja Mulchen; que se coordinaron efectuar vigilancias al mencionado domicilio, en esas circunstancia a las 14.50 horas aproximadamente, los policías ven que ingresa un sujeto al domicilio, y pasado dos minutos salen 5 sujetos del inmueble y suben a un vehículo marca KIA, realizándose a un par de cuadras de distancia del domicilio vigilado un control de identidad. Se alude, que al ingresar un sujeto al domicilio, demorarse dos minutos para luego salir junto a otros 5 sujetos, con una bolsa en sus manos y abordar un vehículo, son indicios suficientes que la conducta que realizan los encartados dan cuenta de una actividad típica de delivery, unido a los datos de la denuncia, son suficientes para dar contenido a lo que exige el art. 85 CPP, esto es, de que estos sujetos pueden proporcionar informaciones útiles para la indagación de un crimen, como lo es el tráfico de drogas. Por esa razón discrepa del argumento del juez al sostener que se trata de conductas comunes o normale

Fallo

Por estas razones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se declara: Que SE CONFIRMA la resolución apelada de uno de julio de dos mil veintidós, recaída en la causa RIT 327-2022 del Juzgado de Garantía de Mulchén. Acordada contra el voto del ministro Panés Ramírez, quien fue de opinión de revocar la resolución en alzada y, en consecuencia, declarar legal la detención de que aquí se trata, en razón de lo siguiente: 1°.- Que el artículo 85 del Código Procesal Penal, más arriba transcrito, exige la concurrencia de algún “indicio” en orden a colegir que la persona objeto del control de identidad se encuentre en algunas de las situaciones que allí se indican, entre ellas que el controlado o fiscalizado “pudiere suministrar informaciones útiles para la indagación de un crimen, simple delito o falta”. 2°.- Que, en la especie, se trataba de una investigación que se estaba llevando a cabo por el delito de tráfico de drogas, vigilándose un inmueble, y, en tales circunstancias, se controló un vehículo abordado por unas personas, una de las cuales había entrado previamente a dicho inmueble, saliendo luego junto a otras cuatro, y portando un paquete que antes no tenía consigo. De frente a lo recién expuesto, la pregunta, entonces, es: ¿si en tales circunstancias ello no importa un indicio en un caso fundado, de aquellos que requiere la ley, entonces qué es? Razonablemente, al menos el sujeto que entró y salió de la casa-habitació

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, dieciocho de agosto de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el Ministerio Público, ha interpuesto recurso de apelación respecto de la resolución de 1 de Julio de 2022, que declaró ilegal la detención de los encartados formalizados, practicada por funcionarios de Bicrim de Mulchén el día 30 de Junio de 2022, por el delito de tráfico de drogas. S

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