ANONIMIZADO
Rol
Fecha
17 de agosto de 2022
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: No apareciendo del mérito de los antecedentes que la liquidación practicada se haya ajustado a lo ordenado por el Tribunal mediante resolución de uno de marzo de dos mil veintiuno, se revoca, en lo apelado, la resolución de veinticinco de marzo de dos mil veintiuno, dictada por el Tercer Juzgado de Familia de Santiago en los autos RIT T-72-2012, y en su lugar se dispone que el tribunal a quo deberá ordenar a la unidad respectiva practicar una nueva liquidación, dando estricto cumplimiento a las instrucciones establecidas en la citada resolución de uno de marzo del mismo...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de agosto de dos mil veintidós. Proveyendo el escrito folio 34: téngase presente. Vistos: No apareciendo del mérito de los antecedentes que la liquidación practicada se haya ajustado a lo ordenado por el Tribunal mediante resolución de uno de marzo de dos mil veintiuno, se revoca, en lo apelado, la resolución de veinticinco de marzo de dos mil veintiuno, dicta
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