JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO VARAS

MP C/ PABLO ANDRES AGUERO SEPULVEDA

Rol

Fecha

17 de agosto de 2022

Materia

COHECHO.ART.248, 248 BIS (LEY 19.645) Y 249.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen antecedentes suficientes para estimar concurrentes los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos por los cuales ha sido formalizado en esta causa y la participación que en ellos le pudo caber al imputado.  A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración los delitos por los cuales fue formalizada la presente investigación, la naturaleza de ellos, forma de comisión, sus antecedentes pretéritos en delitos de la misma especie y el estado procesal de la causa, se configura un peligro para la seguridad de la sociedad y de fuga que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva impuesta en su contra.  Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha diez de agosto del año dos mil veintidós, dictada por la Jueza del Juzgado de Garantía de Puerto Varas, doña Paulina Tapia Lorca que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Pablo Andrés Agüero Sepúlveda.  Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 559-2022.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha diez de agosto del año dos mil veintidós, dictada por la Jueza del Juzgado de Garantía de Puerto Varas, doña Paulina Tapia Lorca que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Pablo Andrés Agüero Sepúlveda.  Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 559-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, diecisiete de agosto de dos mil veintidós. VISTOS El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen antecedentes suficientes para estimar concurrentes los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los h

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