JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PUTAENDO

ARANCIBIA/HERRERA

Rol

Fecha

17 de agosto de 2022

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT

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Hechos

Visto: I.- En cuanto al recurso de Casación en la Forma: Que con fecha dieciocho de mayo de dos mil veintiuno, el demandado interpuso recurso de casación en la forma en contra de la sentencia definitiva de treinta de abril de dos mil veintiuno, por la causal establecida en el numeral 5 del artículo 768 en relación con el artículo 170 números 3, 4, 5 y 6, ambas normas del Código de Procedimiento Civil, reprochando la falta de ponderación de la prueba y la ausencia de considerandos. Solicita la nulidad de la sentencia y la dictación de la de reemplazo, que rechace en todas sus partes la demanda. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Que del mérito de la sentencia definitiva, en especial de sus considerandos décimo sextos y siguientes, se desprende que el sentenciador procedió a analizar la prueba aportada por la ejecutada, la que incluso invocó para limitar temporalmente la responsabilidad de su parte. En cuanto a la falta de decisión del asunto controvertido, ello fue subsanado en la complementación de la sentencia de veintidós de junio del presente año, por lo que no concurre ninguna de las causales de casación invocadas por la demanda, lo que motiva su rechazo. Y visto además lo dispuesto en el artículo 768 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en la forma deducido por el demandado Comité de Agua Potable Rural Quebrada Herrera, Putaendo, en contra de la sentencia definitiva de treinta de abril de dos mil veintiuno, la que no es nula. II.- En cuanto a los recursos de apelación, interpuestos por la parte demandante y demandada: Vistos: Atendido lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia definitiva dictada en los autos ROL C-215-2018 del Juzgado de Letras, Familia y Garantía de Putaendo con fecha treinta de abril de dos mil veintiuno. Regístrese, notifíquese y devuélvase. N° Civil-1432-2021.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso. Cgv Valparaíso, a diecisiete de agosto de dos mil veintidós. Visto: I.- En cuanto al recurso de Casación en la Forma: Que con fecha dieciocho de mayo de dos mil veintiuno, el demandado interpuso recurso de casación en la forma en contra de la sentencia definitiva de treinta de abril de dos mil veintiuno, por la causal establecida en el numeral 5 del artículo 768 en relación

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