CRISTIAN VARGAS ZABALA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
17 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica deduciendo recurso de protección en favor de Cristian Vargas Zabala, de nacionalidad boliviana, domiciliado en Arrecife N°904, comuna de Paine, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por su Director Nacional don Luis Eduardo Thayer Correa, domiciliados en Chacabuco 1216, comuna de Santiago, con motivo de la excesiva demora en la tramitación de su visa temporaria, constituyendo una vulneración a la garantía de igualdad ante la ley, la libertad de trabajo y el derecho a desarrollar actividades económicas respetando las normas legales, de conformidad al artículo 19 N°2 y N°16 (sic) de la Constitución Política de la República, respectivamente. Explica que el recurrente solicitó visa temporaria el 14 de abril de 2021 y sin embargo, a la fecha no ha recibido ninguna comunicación por parte de la recurrida, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre, vulnerándose el derecho a la igualdad ante la ley en virtud de lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 , 14 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en especial el principio de celeridad que debe regir en el actuar de la autoridad pública. Piden, en definitiva, que se ordene al organismo recurrido informar sobre el estado de su solicitud y la dictación del acto administrativo terminal respectivo, con expresa condena en costas. Segundo: Que informan al tenor del recurso Antonio Henríquez Beltrán y Nicolás Cornejo Montenegro, abogados del Servicio Nacional de Migraciones, indicando que mediante la Resolución Exenta N° 10.344 de fecha 31 de enero de 2022, del Servicio Nacional de Migraciones, se otorgó la respectiva visa de residente temporario al actor. Concluyen que la acción de protección interpuesta ha perdido toda oportunidad y eficacia. Tercero: Que no obstante lo informado p
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Cristian Vargas Zabala en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Protección-11741-2022.
Texto Completo (Preview)
CERTIFICO: Que se anunció, escuchó relación y alegó contra el recurso el abogado señor Julián Salviat. San Miguel, 17 de agosto de 2022. Camila Galle Aravena, Relatora. (Hora de inicio 09:38 am. - hora de término 09:42 am). San Miguel, diecisiete de agosto de dos mil veintidós. Proveyendo escrito folio 14: A lo principal: Téngase presente. Al otrosí: A sus antecedentes. Proveyendo escrito foli
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