HIDALGO JORQUERA MARIO/GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
17 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece doña Carolina Andrea Medina Ortega, abogada, en favor de Mario Enrique Hidalgo Jorquera, interno recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, quien deduce recurso de amparo constitucional en contra de Gendarmería de Chile, denunciando como acto ilegal el haber modificado el cómputo de pena de la ficha única del condenado, impidiendo su postulación a beneficios intrapenitenciarios y libertad condicional al imponer un tiempo mínimo mayor al exigido por la normativa, con vulneración de su derecho a la libertad personal. Refiere que el amparado se encuentra cumpliendo las siguientes tres penas privativas de libertad: a) Una pena de 15 años y 1 día, y dos penas de 5 años y 1 día, por un delito de sustracción de menores y dos delitos de secuestro, respectivamente; b) Una pena de 3 años y 1 día, y una de 61 días, por los delitos de porte ilegal de armas y usurpación de nombre, respectivamente; y c) Una pena de 6 años por el delito de robo con intimidación. Sostiene que el amparado ha cumplido de manera efectiva, un total de 15 años y 8 meses a la fecha. Precisa que según los datos estadísticos de Gendarmería de Chile, la fecha de inicio de su condena corresponde al día 19 de diciembre de 2005, el término de la misma, se pronostica para el día 26 de febrero de 2040, mientras que el tiempo mínimo para postular a beneficios intrapenitenciarios se fijó para el 7 de octubre de 2027, y para acceder a la libertad condicional, el 7 de octubre de 2028. No obstante, argumenta que Gendarmería de Chile yerra en el cálculo de sus tiempos mínimos, toda vez que exige 2/3 del total de la condena, sin hacer distinción alguna entre delitos calificados y no calificados, estimando que el tiempo correcto corresponde al 23 de enero de 2023 para beneficios intrapenitenciarios, y al 23 de enero de 2024 para libertad condicional. En efecto, detalla que, por los delitos de sustracción de menores y dos secuestros, corresponde exigir ½ de condena, lo que equivale a 12 años, 6 meses y 3 días; por los delitos de porte ilegal de armas y usurpación de nombre, corresponde exigir ½ de condena, lo que representa 1 año, 6 meses y 32 días; mientras que por el delito de robo con intimidación, 2/3 de condena, esto es, 4 años, y un total de 18 años y 35 días. Manifiesta que la modificación del cómputo de pena realizada a la ficha única del condenado, es por sí mismo, un acto arbitrario e ilegal, ya que dicho acto se manifiesta en una privación real al derecho a la libertad que puede optar el amparado, pues a través de los tiempos mínimos exigidos por la legislación nacional vigente, el amparado puede obtener permiso de salidas e incluso optar el beneficio de libertad condicional, en circunstancias que el acto impugnado impone un tiempo mayor al que la ley reconoce y exige. Previas citas de la normativa aplicable y jurisprudencia sobre la materia, solicita que se acoja el recurso, efectuando un nuevo cálculo que considere de manera in
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta en favor de Mario Enrique Hidalgo Jorquera, en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3308-2022. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Dobra Lusic Nadal, conformada por la Ministra suplente señora Isabel Margarita Zúñiga Alvayay y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuedé.
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecisiete de agosto de dos mil veintidós. Proveyendo el escrito folio 6: téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Que comparece doña Carolina Andrea Medina Ortega, abogada, en favor de Mario Enrique Hidalgo Jorquera, interno recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, quien deduce recurso de amparo constitucional en contra de Gendarmería de Chile, denunciando
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