JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

CONSTANZA WALESKA TORRES MESIAS C/ DAYANARA ANDREA CARRASCO ARIAS

Rol

Fecha

17 de agosto de 2022

Materia

CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD ART. 196 E LEY 18.290

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto y teniendo únicamente presente que se encuentra acreditado, con el mérito del parte policial, el incumplimiento de la condición principal a la que se obligó la imputada, cual era la suspensión de su licencia de conducir por dos años y por ende su prohibición de hacerlo, sin que sus justificaciones hayan sido corroboradas de modo alguno, encontrándose por ende en la causal de revocación a que se refiere el artículo 239 del Código Procesal Penal por lo que visto además lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del miso Código, se confirma la resolución apelada de fecha tres del mes y año en curso, que dejó sin efecto la suspensión condicional del procedimiento decretada en favor de la imputada Dayanara Andrea Carrasco Arias, ordenando su continuación de acuerdo a las normas del procedimiento simplificado. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C.: 333 - 2022 Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. Chillán. - ACT/Cpr Chillán, diecisiete de agosto de dos mil veintidós. Visto y teniendo únicamente presente que se encuentra acreditado, con el mérito del parte policial, el incumplimiento de la condición principal a la que se obligó la imputada, cual era la suspensión de su licencia de conducir por dos años y por ende su prohibición de hacerlo, sin que sus justificaciones hayan sido corrobor

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