MUÑOZ DE LA FUENTE ARIEL/ MOSQUEIRA MORALES RAÚL LTE
Rol
Fecha
16 de agosto de 2022
Materia
SENTENCIA PENAL CONDENATORIA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°) Que el apelante pide que esta Corte, conociendo del presente recurso enmiende conforme a derecho la resolución impugnada, revocándola en lo señalado y en definitiva “acoja el desistimiento de la demanda”. 2°) Que consta de los antecedentes que en el presente juicio no se ha promovido incidente de desistimiento de la demanda por quien tiene la legitimación activa para hacerlo, esto es, el demandante. En consecuencia, esta Corte carece de competencia para acceder a lo pedido por el apelante, motivo por el cual no cabe sino confirmar la resolución en alzada. Y visto, además, lo dispuesto por el artículo 186 del Código de Procedimeinto Civil, se confirma la resolución dictada el ocho de febrero de dos mil veintiuno, folio 22 del cuaderno principal, por el 3° Juzgado Civil de Santiago, en los autos rol C-33720-2018. Comuníquese. N°Civil-1988-2021. Pronunciada por la Octava Sala, integrada por el Ministro (S) señor Matias Felipe De La Noi Merino, el Fiscal Judicial señora Ana Maria Hernandez Medina y el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, dieciséis de agosto de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de agosto de dos mil veintidós. Al folio 9: téngase presente. Visto y teniendo presente: 1°) Que el apelante pide que esta Corte, conociendo del presente recurso enmiende conforme a derecho la resolución impugnada, revocándola en lo señalado y en definitiva “acoja el desistimiento de la demanda”. 2°) Que consta de los antecedentes que en el presente juicio n
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