JONATHAN ANDRÉS SOLÍS OLIVEROS/2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LOS ANDES
Rol
Fecha
16 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: En folio 1, José Tomás Peralta Martínez, abogado por la parte demandante, deduce falso recurso de hecho contra la resolución de seis de julio de dos mil veintidós, dictada por el 2° Juzgado de Letras de Los Andes en causa caratulada “Solís con Codelco Chile”, Rit J-11-2019, que concedió el recurso de apelación deducido contra la sentencia dictada el 14 de junio de 2022 que rechazó la excepción de prescripción opuesta por la parte ejecutada, el que estima improcedente. Expone, que el falso recurso de hecho incide en un juicio ejecutivo de cobranza laboral, en el que se persigue la ejecución de la carta de aviso de 25 de julio de 2019 que puso término al contrato de trabajo y que contenía una oferta de pago irrevocable, al tenor de lo dispuesto en la letra a) del artículo 169 del Código del Trabajo. Señala que la parte ejecutada opuso en su oportunidad la excepción de prescripción, la que fue declarada inadmisible por sentencia de 04 de agosto de 2020. Dicha resolución fue revocada por resolución dictada por esta Corte de Apelaciones en el rol N°382-2020, declarando que la excepción era admisible por lo que debía continuarse con su tramitación revisando el fondo de la excepción. Devueltos los autos al tribunal de origen, se prosiguió con la tramitación para finalmente dictar sentencia definitiva una vez más el 14 de junio de 2022, rechazando nuevamente la excepción de prescripción por los argumentos vertidos en el fallo y condenando así mismo a la ejecutada por resultar totalmente vencida. En concepto del recurrente de hecho, la ejecutada intenta nuevamente un recurso de apelación sobre una materia que ya ha sido discutida una vez en esta corte y que ha sido fallada ya dos veces por el tribunal a quo, en un intento que pareciera apuntar más a la dilatación del juicio que a un intento real por resultar vencedora en el mismo, lo que ha afectado directamente a su representado en la satisfacción de sus legítimos intereses de recibir el pago que fue acordado, inter
Fallo
fallo y condenando así mismo a la ejecutada por resultar totalmente vencida. En concepto del recurrente de hecho, la ejecutada intenta nuevamente un recurso de apelación sobre una materia que ya ha sido discutida una vez en esta corte y que ha sido fallada ya dos veces por el tribunal a quo, en un intento que pareciera apuntar más a la dilatación del juicio que a un intento real por resultar vencedora en el mismo, lo que ha afectado directamente a su representado en la satisfacción de sus legítimos intereses de recibir el pago que fue acordado, intereses que ya han sido dilatados por casi 3 años. Argumenta, en síntesis y en lo que interesa al recurso, que por aplicación de los artículos 470 y 472 del Código del Trabajo, la apelación es improcedente, aclarando que en el juicio ejecutivo se discute el incremento del total adeudado, rechaza la excepción de prescripción opuesta por el ejecutado y se le condena en costas, no encontrándose dentro de los supuestos contemplados en el artículo 472 ya citado. Cita abundante jurisprudencia y doctrina en apoyo de su tesis y pide tener por interpuesto falso recurso de hecho contra la resolución de fecha 06 de julio del año en curso, en la cual se concedió el recurso de apelación improcedente, interpuesto por la parte ejecutada en contra de la sentencia definitiva dictada en autos RIT J-11-2019, sustanciados ante el 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Los Andes, y en definitiva se enmiende conforme a derecho la resolución impugnada y se r
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Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciséis de agosto de dos mil veintidós. Visto: En folio 1, José Tomás Peralta Martínez, abogado por la parte demandante, deduce falso recurso de hecho contra la resolución de seis de julio de dos mil veintidós, dictada por el 2° Juzgado de Letras de Los Andes en causa caratulada “Solís con Codelco Chile”, Rit J-11-2019, que concedió el recurso de apel
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