MORILLO/MIN RELACIONES EXTERIORES
Rol
Fecha
16 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece el abogado Rodrigo Andrés Godoy Araya en favor de doña Yineska Carolina Morillo Carrizo, venezolana, cédula de identidad para extranjeros Nº 26.542.966-, interponiendo acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por haber vulnerado su garantía contemplada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al rechazar ilegal y arbitrariamente, su solicitud de permanencia definitiva. Explica que la recurrente el 18 de agosto de 2019, antes del vencimiento de su Visa Temporaria, envió todos los documentos exigidos para solicitar la permanencia definitiva a través del sitio web de trámites de extranjería, https://tramites.extranjeria.gob.cl, la cual fue ingresada para su análisis el 16 de abril de 2020, esto es 8 meses después y sin reparos. El 28 de agosto de 2020, recibió la orden de giro para pagar los derechos de su permanencia definitiva, lo cual procedió a hacer oportunamente el 01 de septiembre de 2020. Agrega que al no tener noticias de la tramitación de su permanencia definitiva, la recurrente ingresó a la página web tramites.extranjeria.gob.cl, del Departamento de Extranjería y Migración, con el propósito de ver el estado de su solicitud. En ese momento, pudo constatar la existencia de la notificación N°17.590 de fecha del 13 de julio de 2021, la que había sido subida al sitio web en agosto de 2021, comunicándole el rechazo de su permanencia definitiva y en subsidio se le otorgaba una visa de residencia temporaria con duración por un año, pero la notificación cargada en el sitio web, no adjuntaba la Resolución Exenta N°80936, emitida con fecha 16 de junio de 2021, por lo que vía portal de transparencia solicitó copia de la misma, la que le fue entregada el 7 de octubre de 2021. El mencionado documento indica que “que no cuenta con estabilidad económica durante el periodo de visación, comprendido entre 18.10.2018 y 18.10.2019”, pero aquello se debió a que tuvo que
Fundamentos
considerando anterior; NOVENO: Que en estas circunstancias, no existiendo acto ilegal o arbitrario que pueda atribuirse a la entidad recurrida en la tramitación de la solicitud de permanencia definitiva de la actora, no procede si no desestimar el presente recurso.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación del recurso de protección, se declara: I.- Que se rechaza la extemporaneidad alegada. II.- Que rechaza el arbitrio deducido por Rodrigo Andrés Godoy Araya en favor de doña Yineska Carolina Morillo Carrizo en contra del Departamento de Extranjería y Migración, hoy Servicio Nacional de Migración. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Protección N°40491-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de agosto de dos mil veintidós. A los folios 18, 19 y 20; a todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece el abogado Rodrigo Andrés Godoy Araya en favor de doña Yineska Carolina Morillo Carrizo, venezolana, cédula de identidad para extranjeros Nº 26.542.966-, interponiendo acción de protección en contra del Departamento de Extranjer
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