SIN INFORMACION

ERIKA MENDOZ/CLINICA SANTA MARÍA SPA

Rol

Fecha

16 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que no se describen hechos que puedan constituir una vulneración de garantías constitucionales protegibles a través del recurso de protección, ya que la cuestión sometida a conocimiento de esta Corte escapa a su naturaleza cautelar, pues dice relación con la procedencia de una orden de embargo, incidente que le corresponde conocer al Juzgado que lo dispuso, según el artículo 111 del Código Orgánico de Tribunales y considerando, además, lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección. Notifíquese y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-128932-2022. En Valparaíso, dieciséis de agosto de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de protección. Notifíquese y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-128932-2022. En Valparaíso, dieciséis de agosto de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciséis de agosto de dos mil veintidós. Proveyendo folio N°1, “Ingreso recurso”: A todo: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, estimando esta Corte que no se describen hechos que puedan constituir una vulneración de garantías constitucionales protegibles a través del recurso de protección, ya que la cuestión sometida a conocimiento de esta Cor

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