JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

MP C/ CRISTIAN ENRIQUE GAETE LEPUMAN

Rol

Fecha

16 de agosto de 2022

Materia

VIOLACION DE MORADA. ART.144

Resultado

DIRIMIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Que, atendido el mérito de autos, lo informado por el Fiscal Judicial y teniendo, además, presente, lo dispuesto en el artículo 157 del Código Orgánico de Tribunales y artículo 36 de la Ley 18.216, se dirime la contienda de competencia trabada, determinándose que el Juzgado de Letras y Garantía de Lebu es el competente para conocer de la ejecución de la pena sustitutiva, al cual serán remitidos los antecedentes. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Chillán. Notifíquese por el estado diario. R.I.C.: 296 – 2022 Penal.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán CIP/Cpr. - Chillán, dieciséis de agosto de dos mil veintidós. Visto: Que, atendido el mérito de autos, lo informado por el Fiscal Judicial y teniendo, además, presente, lo dispuesto en el artículo 157 del Código Orgánico de Tribunales y artículo 36 de la Ley 18.216, se dirime la contienda de competencia trabada, determinándose que el Juzgado de Letras y Garantía de Lebu es el compe

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica