SIN INFORMACION

MYRIAN SOLEDAD GODOY CABELLO / SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Rol

Fecha

17 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: A folio 1, recurre de protección sin asesoría letrada Myriam Soledad Godoy Cabello, 60 años de edad y profesora de música, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, porque ilegal y arbitrariamente, mediante Resolución Exenta N° R-01-UME-49736-2022 de 25 de abril de 2022, confirmó el rechazo por reposo no justificado, de dos licencias médicas que le otorgaron 51 días continuos de descanso a contar del 16 de agosto de 2022 fundado en el diagnóstico de episodio depresivo moderado, sin explicar cuál o cuáles garantías constitucional se ven conculcadas. Solicita autorizar el pago de las referidas licencias. En síntesis, explica que los documentos no fueron autorizados a pesar que desde 2018 padece de depresión crónica, encontrándose además bajo tratamiento sicológico en el Programa de Reparación y Atención Integral en Salud y Derechos Humanos (PRAIS). A folio 11, informa la Superintendencia de Seguridad Social y solicita el rechazo del presente recurso, con costas. Primero, porque el derecho a la seguridad social, del que forma parte el uso y goce de licencia médica, no está amparado por la acción constitucional de protección. Enseguida y respecto del fondo, sostiene que la decisión reclamada tiene fundamento legal y médico, habiéndose ya autorizado previamente 342 días por igual patología, sin haberse acompañado antecedentes que justifiquen la prolongación del reposo. Descarta haber obrado de forma ilegal o arbitraria y, asimismo, toda vulneración a las garantías que esgrime la recurrente. A folio 18, informa la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Valparaíso y solicita el rechazo de este recurso. Primeramente, porque no existe arbitrariedad ni ilegalidad. En efecto, señala que en su cartola médica consta registrado que desde mayo de 2019 la recurrente presenta dictamen ejecutoriado de trámite de pensión de invalidez con un 25% de menoscabo por patología psiquiátrica, y que el informe evacuado por el siquiatra doctor Fernando Voigt Claus de

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, ha sido establecida a favor de quien, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Carta Fundamental. Segundo: Que, según se colige del recurso intentado, lo que se reclama es la falta de fundamentación de la resolución emitida por la Superintendencia de Seguridad Social, lo que impide conocer los antecedentes que sirvieron de base a la última etapa de la instancia administrativa para confirmar el rechazo de las licencias médicas involucradas en el asunto aquí planteado. Tercero: Que, en primer término, acerca de la improcedencia formal alegada por la recurrida, en cuanto lo solicitado forma parte del derecho a la seguridad social, el cual no se encuentra amparado por el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dicha alegación será desestimada, pues según se colige del recurso, la actora no estima vulnerada dicha garantía, sino su derecho a la integridad física y síquica y propiedad, los cuales sí están protegidos por el referido precepto. Cuarto: Que, seguidamente, en cuanto al fondo de la acción constitucional, de la lectura de la Resolución Exenta N° R-01-UME-49736-2022 de 25 de abril de 2022, se advierte que ésta contiene los fundamentos que la justifican, pues se basa, al menos, en tres consideraciones que explica. La primera, en que los antecedentes e informe médicos aportados por la recurrente, no permiten establecer una incapacidad laboral temporal más allá del periodo de reposo ya autorizado. La segunda, en que el referido lapso de tiempo alcanza 342 días por igual patología. La tercera, en que el estudio efectuado por los profesionales de la Superintendencia concluyó que el reposo de 51 días concedido por las licencias reclamadas no se encuentra justificado. Esta última aseveración se sustenta, además, en los antecedentes que conforman el respectivo expediente de reconsideración administrativo, particularmente en el documento denominado “Ficha Médica Licencia Médica”, del que se establece que ambas licencias médicas no fueron emitidas por psiquiatras sino por médicos generales, cuyos informes o certificados no describen la evaluación clínica ni la funcionalidad del reposo prescrito, omiten describir el ajuste del tratamiento farmacológico propuesto, dar cuenta de un plan orientado al reintegro laboral o bien, derivar el caso a otros especialistas en salud mental. Quinto: Que, de acuerdo a lo razonado precedentemente, la decisión se encuentra suficientemente fundada y ha sido adoptada por la Superintendencia de Seguridad Social, dentro de las facultades que se le confieren por el ordenamiento jurídico en lo que respecta al control y vigilancia en el otorgamiento y/o rechazo de las licencias médicas, previo proceso realizado de acuerdo a las no

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de protección deducido por Myriam Soledad Godoy Cabello contra la Superintendencia de Seguridad Social. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Sujeta a anonimización. N°Protección-100623-2022.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecisiete de agosto de dos mil veintidós. VISTOS: A folio 1, recurre de protección sin asesoría letrada Myriam Soledad Godoy Cabello, 60 años de edad y profesora de música, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, porque ilegal y arbitrariamente, mediante Resolución Exenta N° R-01-UME-49736-2022 de 25 de abril de 2022, confirmó el rechazo por reposo

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica