MP C/ NN
Rol
Fecha
15 de agosto de 2022
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN/COM
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en la vista del recurso, por estimar que la libertad del imputado constituye un peligro de la seguridad de la sociedad y que existen otras medidas cautelares de menor intensidad que la prisión preventiva que resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento, y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de trece de agosto del año en curso, contenida en la carpeta virtual R.I.T. O-4994-2021 del Juzgado de Garantía de Talca, que no dio lugar a la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Raúl Antonio Sepúlveda Ortega, con declaración, que se impone la medida cautelar prevista en la letra a) de artículo 155 del Código del ramo, esto es, arresto domiciliario total. Acodada con el voto en contra del Ministro don Carlos Carrillo González, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. Rol 998-2022/Penal.
Texto Completo (Preview)
Talca, quince de agosto de dos mil veintidós. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en la vista del recurso, por estimar que la libertad del imputado constituye un peligro de la seguridad de la sociedad y que existen otras medidas cautelares de menor intensidad que la prisión preventiva que resultan suficientes para asegurar los fines del procedi
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