C/ DIEGO ANDRES CALLEJAS DIAZ Y OTRO. DTE. M.P.
Rol
Fecha
13 de agosto de 2022
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, compartiendo estos sentenciadores los argumentos del señor juez a quo y estimando que en la especie existen antecedentes que justifican, en esta etapa de la investigación, tanto la existencia de los delitos y presunciones fundadas de participación, concurriendo los elementos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, no logrando desvirtuar estas conclusiones las argumentaciones de la defensa en relación al imputado Callejas Díaz, y en cuanto a la necesidad de cautela esta Corte comparte los argumentos del juez a quo en cuanto estimó que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad atendido el número de delitos por cuales se les investiga, la gravedad de las penas asignadas a los mismos, naturaleza de delitos, forma de comisión y el hecho de haber actuado en grupo o pandilla, y de conformidad a dispuesto en los artículos 139, 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de seis de agosto dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de La Serena, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados Diego Andrés Callejas Díaz e Ignacio Dilan Pacheco Villa. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator (S) señor José Esquivel Avendaño. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 892-2022 Penal.- Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de La Serena, integrada por el Ministro titular señor Christian Le-Cerf Raby, la Ministra Interina señora Ingrid Castillo Fuenzalida y la Ministra Suplente señora Alondra Castro Jiménez. No firma la Ministra Suplente señora Castro, por presentar problemas informáticos con su token.
Texto Completo (Preview)
La Serena, trece de agosto de dos mil veintidós. Siendo las 10:50 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro Christian Le-Cerf Raby, e integrada por la Ministra (S) Alondra Castro Jiménez y la Ministra (I) Ingrid Castillo Fuenzalida, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa, en contra de la resolución di
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