IBÁÑEZ/CORPORACIÓN EDUCACIONAL EL LABRADOR
Rol
C-6-2020
Fecha
17 de noviembre de 2020
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que, la ejecutada ha opuesto excepci n de pago, se alando que hanó ñ adjuntado al proceso, cheques que dan por entero pago de la deuda liquidada. 2° Que, el ejecutante se opone, por estimar que la excepción de pago opuesta por la parte demandada, solo tiene un afán dilatorio, que el pago como modo de extinguir las obligaciones debe ser específico, completo e indivisible, el deudor no puede fraccionar el pago u obligar al acreedor a recibir pagos por parcialidades, y que no ha cumplido con su obligación, dejando cheques a plazo y condicionando el pago. 3° Que, de los antecedentes del proceso consta que la última liquidación practicada con fecha 16 de octubre del 2020, arrojó la suma de $ 17.293.274; con fecha 02 de octubre del 2020, la ejecutada acompaña tres cheques por la suma total de $ 14.239.860, y el 26 de octubre del 2020, acompaña cheque por la suma de $ 3.000.000., lo que hace un total de $ 17.239.860.- 4° Que, entre la liquidación practicada y el monto de los cheques acompañados al proceso, se registra una diferencia de $ 53.414.- a favor de la ejecutante, como pendiente de pago, por lo que acogerá la excepción de pago en forma parcial. 5° Que, si bien la ejecutante no está obligada a recibir un pago fraccionado, no es menos cierto que la ejecutada ha tenido la intención de pagar la deuda, a través de los cheques acompañados al proceso y guardados en custodia del tribunal, los que se encuentran a disposición de la ejecutante, cumpliéndose así el objetivo final, que es el pago de la deuda. Y, visto lo dispuesto en los artículos 470 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I.-. Se acoge parcialmente la excepción de pago, por la suma de $ 17.239.860.- II.- Que, se ordena continuar con la ejecución por la suma de $ 53.414.- Resolvió doña LUZ ELIANA SAAVEDRA VENEGAS, Juez Suplente del Juzgado de Letras de Victoria. RIT: C-6-2020 RUC: 18-4-0140048-2 CERVSCLZHY Este documento tiene firma electróni
Fallo
se resuelve: I.-. Se acoge parcialmente la excepción de pago, por la suma de $ 17.239.860.- II.- Que, se ordena continuar con la ejecución por la suma de $ 53.414.- Resolvió doña LUZ ELIANA SAAVEDRA VENEGAS, Juez Suplente del Juzgado de Letras de Victoria. RIT: C-6-2020 RUC: 18-4-0140048-2 CERVSCLZHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl En Victoria a diecisiete de noviembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución precedente. 2020-11-17T14:55:55-0300
Texto Completo (Preview)
Victoria, diecisiete de noviembre de dos mil veinte . VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que, la ejecutada ha opuesto excepci n de pago, se alando que hanó ñ adjuntado al proceso, cheques que dan por entero pago de la deuda liquidada. 2° Que, el ejecutante se opone, por estimar que la excepción de pago opuesta por la parte demandada, solo tiene un afán dilatorio, que el pago c
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