ANTOINE ROGER FRITZ COLLARTE TARDÓN/JUZGADO DE GARANTÍA DE CONCEPCIÓN
Rol
Fecha
12 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Teniendo presente que del relato contenido en el escrito de folio 1, no aparecen hechos que pudieran constituir vulneración de garantías constitucionales de aquellas contempladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y de conformidad, además, con lo que señala el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto con fecha 11 de agosto de 2022, sin perjuicio de otros derechos que pueda hacer valer la recurrente. Al otrosí: Estese al mérito de lo resuelto. Atendido el tenor de lo expuesto en escrito antes aludido, y no obstante lo resuelto, remítase copia del recurso y de la presente resolución al Presidente del Comité de Jueces del Juzgado de Garantía de Concepción para los efectos que estime pertinente. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Protección-64979-2022.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto con fecha 11 de agosto de 2022, sin perjuicio de otros derechos que pueda hacer valer la recurrente. Al otrosí: Estese al mérito de lo resuelto. Atendido el tenor de lo expuesto en escrito antes aludido, y no obstante lo resuelto, remítase copia del recurso y de la presente resolución al Presidente del Comité de Jueces del Juzgado de Garantía de Concepción para los efectos que estime pertinente. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Protección-64979-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SAN/aya Concepción, doce de agosto de dos mil veintidós. Al ingreso folio 215128 (1): A lo principal: Visto: Teniendo presente que del relato contenido en el escrito de folio 1, no aparecen hechos que pudieran constituir vulneración de garantías constitucionales de aquellas contempladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y de conformidad, además, con
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