SIN INFORMACION

MUÑOZ LEON DANEY/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

12 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que, comparece Andrea Quinteros Saldías, abogada Defensoría Penal Pública, interponiendo recurso de amparo preventivo en favor de Daney Muñoz León, de nacionalidad colombiana, en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por haber decretado su expulsión del país de manera ilegal y arbitraria mediante Decreto Exento N° 5081 de 30 de diciembre de 2021, solicitando se deje sin efecto la expulsión por ser contraria a derecho al afectar ilegal y arbitrariamente el derecho a la libertad personal del amparado. Fundando el recurso sostiene que el amparado ingresó al país el 27 de enero de 2016, con el fin de mejorar su calidad de vida, comenzando a trabajar de manera inmediata como jornalero, para posteriormente, una vez concluidos sus trámites de regularización migratoria suscribió contrato, realizando distintas labores, cumpliendo con el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud. Indica que el 29 de mayo 2019 el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RUC 1900049000-0, RIT 265-2019, condenó al amparado a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, por su responsabilidad como autor del delito de conducción en estado de ebriedad, quedando sujeto al control del Centro de Reinserción Social Santiago Occidente por el plazo de 1 año, bajo el beneficio de Remisión Condicional de la Pena, dando cumplimento satisfactoriamente a la medida según consta del certificado emitido por el Centro de Reinserción Social Santiago Sur de Gendarmería de Chile de 12 de enero de 2022 y resolución del Sexto Juzgado de Garantía de Santiago de 13 de enero de 2022. Sostiene que el 30 de diciembre de 2021 por Decreto Exento N°5081 se ordenó la expulsión del país del amparado, no obstante sus antecedentes laborales y familiares como, asimismo, sus proyecciones en el ámbito educacional las que no ha podido concretar al mantener su situación migratoria de carácter irregular, por lo que no puede acceder a la educación super

Fundamentos

motivos laborales, la que fue prorrogada por un año más manteniéndose vigente hasta el 6 de junio de 2017. Indica que mediante Resolución Exenta N° 41363, de 7 de abril de 2018, del Departamento de Extranjería y Migración, se rechazó la solicitud de permanencia definitiva realizada por el extranjero, y se otorgó, de forma subsidiaria, una visa de residencia temporaria, la que mantuvo su vigencia hasta el 25 de mayo de 2019. Precisa que el 6 de junio de 2019, mediante sentencia dictada por el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT 265-2019, RUC 1900049000-0, el extranjero fue condenado a 61 días de presidio menor en su grado mínimo, a la suspensión de su licencia de conducir por dos años, accesorias respectivas, y a una multa de una Unidad Tributaria Mensual, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad con agravante de no tener licencia de conducir. Sostiene que mediante Oficio Ordinario N° 25152, de 28 de octubre de 2020, del Departamento de Extranjería y Migración, remitido al domicilio indicado por el recurrente, se requirió al amparado que, en un plazo de 30 días, presentara a la Oficina de Partes de dicha autoridad los documentos que en la misma se singularizaron, no presentándose. Afirma que el amparado el 28 de junio de 2021 solicitó acogerse al procedimiento de regularización extraordinario establecido en el artículo 8° transitorio de la Ley 21.325. Agrega que Mediante Minuta N°2245, de 30 de septiembre de 2021, del Director del Departamento de Extranjería y Migración, recomendó al Sr. Subsecretario del Interior decretar la expulsión del recurrente, lo que se concretó a través del Decreto Exento N°5081 de 30 de noviembre de 2021, la que se encuentra firme y vigente, no siendo revocada mediante alguno de los recursos administrativos o judiciales establecidos en nuestro ordenamiento. Añade que por Resolución Exenta N°22073095 de 21 de enero de 2022 del Servicio Nacional de Migraciones, la solicitud de regularización del amparado fue rechazada pro registrar una condena penal en el país, no constando en los registros abandono del país. En cuanto a la normativa aplicable cita el Decreto Ley 1094 de 1975 y su reglamento Decreto N°597 de 1984, de lo cual expone que el mismo se dictó por autoridad competente y en uso de sus atribuciones legales, al concurrir la causal de expulsión, de conformidad a lo establecido en el artículo 17 del Decreto Ley 1094 en relación con el artículo 15 N°1, 2 y 4, de la misma norma. Señala que la autoridad tuvo en consideración al momento de determinar la expulsión del amparado, el delito cometido y sus circunstancias, en particular el conducir sin licencia y bajo la influencia del alcohol, lo que produjo que éste se cayera de la moto que conducía. En cuanto al arraigo social y familiar alegado por el amparado, destaca que la medida migratoria no atenta contra el principio del Interés superior del niño, niña y adolescente, previsto y consagrado en el artículo 3.1 del Convención de l

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza, el recurso de amparo interpuesto en favor de Daney Muñoz León, en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad N°Amparo-3124-2022. Pronunciada por la Quinta Sala, integrada por los Ministros señor Juan Cristóbal Mera Muñoz, señora María Soledad Melo Labra y el Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia. Autoriza la ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, doce de agosto de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de agosto de dos mil veintidós. Poveyendo a los folios 12 y 13: A todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que, comparece Andrea Quinteros Saldías, abogada Defensoría Penal Pública, interponiendo recurso de amparo preventivo en favor de Daney Muñoz León, de nacionalidad colombiana, en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por

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