ANONIMIZADO
Rol
Fecha
11 de agosto de 2022
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1) Que, del mérito de los antecedentes, aparece que no se ha dado efectivo cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 225 del Código Civil que dice que si los padres viven separados, a la madre toca el cuidado personal de los hijos y en todo caso cuando el interés del hijo lo haga indispensable, por maltrato, descuido u otra causa, el juez podrá entregar su cuidado al otro de los padres, pero en ningún caso podrá privar a la madre de una relación directa y regular con sus hijos; 2) Que en consecuencia, encontrándose la madre requerida privada de dicho cuidado personal, corresponde que esta Corte adopte las medidas a fin de que se haga efectiva dicha...
Texto Completo (Preview)
San Miguel, once de agosto de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1) Que, del mérito de los antecedentes, aparece que no se ha dado efectivo cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 225 del Código Civil que dice que si los padres viven separados, a la madre toca el cuidado personal de los hijos y en todo caso cuando el interés del hijo lo haga indispensable, por maltrato, descuido
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