SIN INFORMACION

GONZALEZ LOPEZ RENE ENRIQUE/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

11 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Carlos Ignacio Vera Campos y deduce recurso de amparo en favor de don René Enrique González López, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago por el acto ilegal en que habría incurrido con motivo del rechazo de su postulación al beneficio de libertad condicional, lo que vulneraría el derecho que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el N° 7 del artículo 19. Expone que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, conforme sentencia del 13º Juzgado de Garantía de Santiago, pena privativa de libertad que inició el día 01 de junio de 2020 y que termina el 16 de enero de 2023, sin embargo, le benefician 3 meses de rebaja de condena, por lo que cumple bajo la modalidad de la Ley N° 19.856 el día 16 de octubre de 2022. Manifiesta que el amparado ha demostrado avances efectivos en su proceso de reinserción social, quien se encuentra nivelando estudios. Por otro lado, que la resolución recurrida tendría carencia de razonabilidad por lo recientemente expuesto. Solicita se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional del amparado y que ésta le sea concedida. Segundo: Que informa la Comisión de Libertad Condicional y expone que por unanimidad de sus miembros se resolvió no otorgarle el beneficio al amparado, teniendo en consideración lo siguiente: “Que el interno René Enrique González López, ha sido postulado al beneficio de libertad condicional por el Tribunal de Conducta del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en el proceso correspondiente al primer semestre del año en curso. Que al revisar los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, integrada por el “Formulario Consolidado de Postulación”, anteceden

Fundamentos

fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, dicen relación con que el interno tiene una deficiente conciencia del delito, actúa agresivamente, minimiza las consecuencias de su actiar y tiene una escaza conciencia de su actuar, conforme ya fue reseñado en el considerando segundo. Sexto: Que el análisis de los antecedentes tenidos a la vista permite concluir que la Comisión recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321 denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación -que este tribunal comparte- sin que en su decisión se haya incurrido en un acto que pueda estimarse ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, sin que, como se dijo, pueda estimarse ilegal lo actuado por ella. Séptimo: Que, en tales condiciones, no resulta posible dirigir un reproche de ilegalidad a la decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional y ello, indudablemente, impide estimar configurado el supuesto que de acuerdo al citado artículo 21 de la Constitución Política permite conceder el amparo que se reclama. En razón de lo anterior, el recurso habrá de ser desestimado.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de René Enrique González López, contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y archívese. N°Amparo-3198-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de agosto de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Carlos Ignacio Vera Campos y deduce recurso de amparo en favor de don René Enrique González López, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelac

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