SIN INFORMACION

FREDERICKSEN /JUZGADO DE FAMILIA DE ANTOFAGASTA

Rol

Fecha

10 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Alejandro Fuentealba Antican, abogado, quien en representación de don Cristian Fredericksen Santana, cédula de identidad N° 17.437.179-2, interpone recurso de amparo en contra del Juzgado de Familia de Antofagasta, por la dictación de la resolución de veintiséis de julio del presente, dictada en causa Z-480-2019, sobre cumplimiento de alimentos, que resolvió decretar orden de arresto nocturno por cinco días para que pague la suma de $1.254.520, pidiendo que se ordene dejar sin efecto. Informó Evelyn Montenegro Urrutia, Jueza Titular del Juzgado de Familia de Antofagasta. Puesta la causa en estado, se trajo los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la acción cautelar constitucional se fundamenta en que con fecha 14 de diciembre de 2017 suscribió el amparado con doña Carolina Trujillo Carvajal, madre de la hija en común de nombre Sofia nacida el 29 de mayo de 2014, un acta de mediación en el que se acordó por concepto de alimentos los siguientes: “Las partes acuerdan aumentar la pensión de alimentos establecida anteriormente quedando en la suma de $335.300 mensuales, reajustados semestralmente de acuerdo al alza del IPC, pagaderos los días 30 de cada mes, en la cuenta de ahorro a la vista del Banco Estado que se solicita al tribunal abrir a nombre de doña Carolina Trujillo Carvajal, a contar de este mes. Además, don Cristian Fredericksen Santana contribuirá con los siguientes conceptos: a)comprando los siguientes medicamentos: ciclosporina avalado en $95.000, predisona avaluado en $9.000, enaprila avaluado en $1600, glóbulos avaluados en $12.000 y el control médico junto a los exámenes de rutina, así como también con los 2/3 de los gastos en que incurra su hija por otros conceptos de salud y b)comprando los materiales y zapatillas escolares en el mes de febrero de cada año avaluado en $160.000”. El acta de mediación fue aprobada por el Juzgado de Familia de Antofagasta, mediante resolución judicial de 20 de diciembre de 2017 en causa Rit M-2934-2017. Refiere que la demandante solicitó con fecha 21 de octubre de 2021 que se le imputara por concepto de los gastos médicos un costo por el cual ella tuvo que firmar un pagaré debido a una hospitalización de la niña en la Clínica Indisa a comienzo de 2021. El tribunal ordenó que se practicara una liquidación de alimentos, arrojando un saldo en contra del amparado, quien en esa fecha se encontraba en indefensión, ya que no contaba con patrocinio y asesoría de un abogado. Señaló que la demandante solicitó orden de arresto en contra del amparado, sin perjuicio que todos los otros gastos médicos incurridos por el amparado exceden con creces los gastos que ella tuvo que solventar. Fue así que concurrió Carabineros a ejecutar el arresto en su lugar de trabajo y no existiendo otra vía para evitarlo decidió pagar el total de los alimentos adeudados, sin perjuicio que se debe en toda justicia imputarse y calcularse en virtud del acuerdo arribado, esto es, el 2/3 de los gastos en que incurra su hija por otros conceptos de salud. Precisó que la mediación a la cual arribaron no señala una fecha tope para realizar la solicitud de imputación de dichos pagos y conceptos, sin existir norma expresa que lo regule. Refiere que solicitó liquidación nuevamente, la cual objetó, pues se acompañó todos los comprobantes de pagos médicos para que el tribunal procediera al cálculo de los 2/3, objeción que fue rechazada por el tribunal bajo el argumento de que al haber pagado al momento del arresto el alimentante existió un “reconocimiento o convalidación de la deuda”, existiendo falta de criterio, ya que a la madre de la menor se le aceptan los

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema del 19 de diciembre de 1932, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas el recurso de amparo deducido por Alejandro Fuentealba Antican, abogado, en favor de Cristian Fredericksen Santana en contra del Juzgado de Familia de Antofagasta. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol 261-2022 (Amparo) 1

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a diez de agosto de dos mil veintidós. VISTOS: La comparecencia de Alejandro Fuentealba Antican, abogado, quien en representación de don Cristian Fredericksen Santana, cédula de identidad N° 17.437.179-2, interpone recurso de amparo en contra del Juzgado de Familia de Antofagasta, por la dictación de la resolución de veintiséis de julio del presente, dictada en causa Z-480-2019, sobr

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