COMPAÑÍA DE SEGUROS DE CRÉDITO COFACE CHILE S.A. CON MEGAFRUT LTDA
Rol
Fecha
10 de agosto de 2022
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
CONFIRMA CON DECLA/ REVOCA
Hechos
Vistos: I.- En cuanto al ingreso rol 436-2022 Atendido que la excepción incoada por la parte ejecutada, es la de pago parcial de la deuda de conformidad al artículo 464 N° 9 del Código de Procedimiento Civil, el punto a probar debe reflejar con exactitud el hecho controvertido, lo que hace procedente acoger la reposición intentada. II.- En cuanto al ingreso rol 548-2022 Que, teniendo únicamente presente que la parte ejecutada solicitó la absolución de posiciones de los representantes legales de la demandante, y constando a folio 26 del cuaderno de incidente general que el apoderado recurrente tiene poder suficiente para representarla con expresas facultades para absolver posiciones, se modificara la resolución en alzada en dicho sentido. Por lo razonado y lo expuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.- Que se confirma, en lo apelado la resolución de veintitrés de noviembre de dos mil veinte, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de San Fernando, en los autos Rol C-81-2018, con declaración de que modifica el punto 1 de la resolución objetada quedando de la siguiente manera: “1) efectividad de haberse pagado de forma parcial o total la deuda. Circunstancias que lo acrediten”. II.- Que se revoca en lo apelado la resolución de cuatro de mayo de dos mil veintidós, dictada a folio 30 del cuaderno de incidente general, en cuanto no dio lugar a citar a absolver posiciones al apoderado de la ejecutante don Enzo Coppa Hurtado, y en su lugar se decide que se accede a lo solicitado y en consecuencia, deberá citarse a absolver posiciones al apoderado Enzo Coppa Hurtado. Acordada la decisión del punto II anterior con el voto en contra del Ministro Sr. Jorge Fernández quien en cambio fue del parecer de confirmar la resolución en alzada en razón de sus propios fundamentos. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 436-2022.Civil.- (Acumulada Rol Corte548-2022 Civil).
Fallo
se resuelve: I.- Que se confirma, en lo apelado la resolución de veintitrés de noviembre de dos mil veinte, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de San Fernando, en los autos Rol C-81-2018, con declaración de que modifica el punto 1 de la resolución objetada quedando de la siguiente manera: “1) efectividad de haberse pagado de forma parcial o total la deuda. Circunstancias que lo acrediten”. II.- Que se revoca en lo apelado la resolución de cuatro de mayo de dos mil veintidós, dictada a folio 30 del cuaderno de incidente general, en cuanto no dio lugar a citar a absolver posiciones al apoderado de la ejecutante don Enzo Coppa Hurtado, y en su lugar se decide que se accede a lo solicitado y en consecuencia, deberá citarse a absolver posiciones al apoderado Enzo Coppa Hurtado. Acordada la decisión del punto II anterior con el voto en contra del Ministro Sr. Jorge Fernández quien en cambio fue del parecer de confirmar la resolución en alzada en razón de sus propios fundamentos. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 436-2022.Civil.- (Acumulada Rol Corte548-2022 Civil).
Texto Completo (Preview)
Rancagua, diez de agosto de dos mil veintidós. Vistos: I.- En cuanto al ingreso rol 436-2022 Atendido que la excepción incoada por la parte ejecutada, es la de pago parcial de la deuda de conformidad al artículo 464 N° 9 del Código de Procedimiento Civil, el punto a probar debe reflejar con exactitud el hecho controvertido, lo que hace procedente acoger la reposición intentada. II.- En cuanto al
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