RAMONA RODRIGUEZ REYES / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA DE CHILE
Rol
Fecha
8 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Sergio Aburto Mayorga, quien interpone acción constitucional de protección en favor de doña Ramona Rodríguez Reyes, nacional de Cuba, domiciliada en calle Santa María N°241, comuna de San Bernardo, y del hijo adolescente de ésta de iniciales A.E.D.R., también cubano, actualmente residente en La Habana, Cuba, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, legalmente representado por Álvaro Bellolio Avaria, ambos domiciliados en Matucana N°1223, comuna y ciudad de Santiago, con motivo de la omisión, que tilda de lesiva del principio de igualdad ante la ley, de digitalización del estampado electrónico correspondiente a la visa temporaria otorgada al adolescente en cuyo favor se recurre. Explica que la recurrente Rodríguez Reyes ingresó irregularmente a Chile, desde Perú, el 4 de abril de 2018, iniciando el 22 de ese mes y año el proceso de regularización extraordinario. Detalla que desde el 11 de noviembre de 2018 ha sido beneficiaria de visado para permanecer en el país y que el último de éstos fue otorgado el 15 de julio de 2021, prorrogando su visa temporaria hasta el 2 de septiembre del presente año. Señala que el 27 de enero de 2020 presentó una solicitud de visa temporaria a favor de su hijo adolescente, de actuales 16 años, la que fue acogida por Resolución Exenta N°189.308 de 9 de noviembre de 2020. Agrega que, para materializar el beneficio, por Notificación N°77008, de misma fecha, se le requirió presentar certificado de nacimiento legalizado por el Consulado de Chile en Cuba y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. La autoridad migratoria le informó el 22 de marzo de 2021 que recibió conforme los antecedentes complementarios. Reclama que desde esa fecha que no ha recibido notificación de ninguna especie en relación con la visa solicitada en favor de su hijo, encontrándose a la espera del otorgamiento del estampado
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor del adolescente de iniciales A.E.D.R., en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber perdido oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 5844 – 2022 Protección
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que alegó en contra del recurso la abogada Camila Cortés. San Miguel, 8 de agosto de 2022. San Miguel, ocho de agosto de dos mil veintidós. A los folios 80389 y 80390: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Sergio Aburto Mayorga, quien interpone acción constitucional de protección en favor de doña Ramona Rodríguez Reyes, nacional de Cuba,
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