JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL

ALFEDRO BOULDRES MOLINA / VSS CHILE SPA Y OTRO

Rol

Fecha

8 de agosto de 2022

Materia

REMUNERACIONES

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: En esta causa RIT M-103-2022, RUC 2240395156-4, caratulada “Bouldres con VSS Chile SpA y otra”, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, don Alfredo Segundo Bouldres Molina dedujo demanda en procedimiento monitorio de despido injustificado, cobro de prestaciones y nulidad de despido. Mediante la sentencia pronunciada el veinte de junio pasado se acogió la demanda por despido injustificado, declarándose que este carece de causa legal y formalidades, ordenándose a la demandada VSS Chile SpA el pago al actor de la indemnización sustitutiva de aviso previo y feriado proporcional, por las sumas que puntualiza, con los intereses y reajustes legales. Seguidamente, el fallo rechazó la demanda de nulidad de despido y cobro de cotizaciones previsionales. La demandada principal recurre de nulidad en contra de esa sentencia, en la parte que acoge parcialmente lo demandado. Al efecto, esgrime dos causales de invalidación, a saber: la del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de ley, con influencia sustancial en lo dispositivo del fallo y, en subsidio, la causal del artículo 478, letra b), del mismo cuerpo legal. Pide que se invalide total o parcialmente el procedimiento, junto con la sentencia definitiva, o solo esta última según corresponda, o si se estima procedente, se dicte sentencia de reemplazo, modificando la sentencia recurrida, además, en lo relativo al hecho de haberse obviado el recálculo mediante el que necesariamente debieron descontarse los $200.000.- pagados por la demandada subsidiaria, por razones de estricto derecho (sic). Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista el 2 de agosto del actual, oportunidad en que se escucharon alegatos de las partes, recurrente y recurrida. Oídas las partes y

Fundamentos

considerando: 1º) El recurso de nulidad laboral tiene la particularidad de ser un arbitrio procesal dirigido, según sea la causal que lo sustente, a velar por el respeto a las garantías y derechos fundamentales, o bien, conseguir sentencias ajustadas a la ley. Se trata de un recurso extraordinario, atendida la excepcionalidad de los presupuestos que configuran cada una de las causales previstas en los artículos 477 y 478 del código del ramo; característica que restringe el ámbito de revisión que tiene asignado el tribunal superior, en comparación al grado de conocimiento que es propio de la instancia. Estas particularidades se traducen, además, en el deber que pesa sobre el recurrente de precisar con rigurosidad los fundamentos de las causales que invoca, como asimismo, las peticiones que efectúa; 2º) Como se ha señalado, la causal invocada en forma principal por el recurrente es la contemplada en el inciso primero del artículo 477 de la compilación laboral, esto es la dictación de la sentencia definitiva con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Puntualmente, afirma que la sentencia impugnada infringe la normativa contenida en los artículos 160, número 3, y 162, ambos del Código del Trabajo. En sustento de esa denuncia de contravenciones de ley, el recurso aduce que, pese a que la carta de despido se ajustó plenamente a derecho, el sentenciador la obvió, aseveración que apoya con la cita parcial a la parte expositiva de la sentencia de algunos pasajes de la demanda y el motivo quinto del fallo; luego de ello, afirma que se vulnera el citado artículo 160 número 3, puesto que “de los propios dichos del actor en su libelo, y de la confesional prestada por éste, ha sido exclusivamente él quién por voluntad propia no se presentó a trabajar los días 27 y 28 de enero de 2022 a su lugar de trabajo, configurándose en la especie la causal, la que lamentablemente no fue tenida en cuenta como tal por el sentenciador cuyo

Fallo

fallo rechazó la demanda de nulidad de despido y cobro de cotizaciones previsionales. La demandada principal recurre de nulidad en contra de esa sentencia, en la parte que acoge parcialmente lo demandado. Al efecto, esgrime dos causales de invalidación, a saber: la del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de ley, con influencia sustancial en lo dispositivo del fallo y, en subsidio, la causal del artículo 478, letra b), del mismo cuerpo legal. Pide que se invalide total o parcialmente el procedimiento, junto con la sentencia definitiva, o solo esta última según corresponda, o si se estima procedente, se dicte sentencia de reemplazo, modificando la sentencia recurrida, además, en lo relativo al hecho de haberse obviado el recálculo mediante el que necesariamente debieron descontarse los $200.000.- pagados por la demandada subsidiaria, por razones de estricto derecho (sic). Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista el 2 de agosto del actual, oportunidad en que se escucharon alegatos de las partes, recurrente y recurrida. Oídas las partes y considerando: 1º) El recurso de nulidad laboral tiene la particularidad de ser un arbitrio procesal dirigido, según sea la causal que lo sustente, a velar por el respeto a las garantías y derechos fundamentales, o bien, conseguir sentencias ajustadas a la ley. Se trata de un recurso extraordinario, atendida la excepcionalidad de los presupuestos que configuran cada una de las causales previstas en los artículos

Texto Completo (Preview)

San Miguel, ocho de agosto de dos mil veintidós. Vistos: En esta causa RIT M-103-2022, RUC 2240395156-4, caratulada “Bouldres con VSS Chile SpA y otra”, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, don Alfredo Segundo Bouldres Molina dedujo demanda en procedimiento monitorio de despido injustificado, cobro de prestaciones y nulidad de despido. Mediante la sentencia pronunciada el veinte de j

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica