5º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ MICHEL ANGELO GAETE IBARRA

Rol

Fecha

8 de agosto de 2022

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, por sentencia del Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, de fecha 17 de junio de 2022, se condena a Michel Ángelo Gaete Ibarra, a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, más accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena, como autor del delito de homicidio simple de Robert Billy Holguín Radas, en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 391 número 2 del Código Penal, ocurrido el día 24 de mayo de 2020, en la comuna de Cerrillos. En contra de la sentencia la defensa del sentenciado Michel Angelo Gaete Ibarra interpuso recurso de nulidad por la causal absoluta de nulidad prevista en el artículo 374, letra e) del Código Procesal Penal, es decir, “cuando en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere omitido alguno de los requisitos previstos en el artículo 342, letra c), esto es, la exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y las circunstancias que se dieren por probados fueren ellos favorables o desfavorables al acusado, y de la valoración de los medios de prueba que fundamentaren dichas conclusiones de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal”. Expresa recurso que la teoría de la defensa consistió en solicitar la absolución de su defendido, pues a su juicio la prueba rendida por el Ministerio Público resultaba insuficiente para acreditar haber concurrido como autor en el delito de la acusación. Señala que su defendido renunció a su derecho a guardar silencio, y el motivo Tercero del

Fallo

fallo impugnado transcribió lo declarado en el juicio oral que en lo fundamental señaló: “(…) ese día estaban los cuatro arriba del auto, se estaban tomando un whisky y consumiendo pasta base. Clonadiazepan y cocaina, estaban compartiendo. Afirma que se hallaba curado, curado, curado y se quedó dormido, cuando despierta ve a la Priscilla con Bianca gritando que el Menen, que el no conocía, había muerto; indicó que el despertó y con el susto, abrió la puerta del auto, salió corriendo y en ningún momento miró hacia atrás para el auto. Refiere que fueron a bus lo a la casa como a las doce de la noche y estuvieron compartiendo hasta como a las tres de la mañana. Al ser contra interrogado por su defensa precisó que esto fue el 24 de mayo, en calle 8 de Septiembre, no recuerda el año; sostiene que lo pasaron a buscar a su casa en Villa Nueva, en la comuna de Cerrillos, lo pasó a buscar Priscilla con Bianca, estaban en el auto de Priscilla, a ella la conoce desde hace muchos años, desde que tenían siete años, a Bianca no la conocía, solo esa noche, de pasada; explica que lo fueron a buscar para tomar alcohol y drogarse, Priscilla vendía en la noche y se ponía a trabajar y él estaba con ella ahí; indica que se fueron hasta las afueras del departamento de Priscilla en calle 8 de Septiembre, se quedaron fuera del edificio, en la avenida, estaban compartiendo, tomando y escuchando música, estuvieron has cerca de las 3:30 de la madrugada, siempre estuvieron allí, en un momento fueron a l

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C.A. de Santiago Santiago, ocho de agosto de dos mil veintidós. Vistos y considerando: Primero: Que, por sentencia del Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, de fecha 17 de junio de 2022, se condena a Michel Ángelo Gaete Ibarra, a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, más accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y d

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