CARLOS PATRICIO BOLADOS CASTILLO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (1° SEMESTRE 2022)
Rol
Fecha
5 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Rodolfo Bórquez Galleguillos, abogado, defensor público penitenciario, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Carlos Patricio Bolados Castillo, cédula nacional de identidad N.º 11.618.246-7 actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario La Serena, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en la dictación de la Resolución N°050-2022, de fecha 08 de abril de 2022, por la cual se rechaza la postulación del amparado a la libertad condicional. Expone que el amparado cumple actualmente pena de 6 años por delito de tráfico ilícito de drogas. Señala que cumple los requisitos exigidos por el Decreto Ley N°321 en cuanto al tiempo mínimo de cumplimiento de condena y registrar conducta ‘muy buena’ en los últimos cuatro bimestres. Indica que la comisión rechazó su postulación esgrimiendo que “analizados y ponderados por esta Comisión los antecedentes que constan en la carpeta de dicho postulante, se estima que el interno no cumple con los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad, ya que: - El Informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del delito. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del mal causado - El Informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos. Por las anteriores consideraciones, compartiendo esta Comisión lo señalado en el informe psicosocial elaborado por Hernán G. Cortes Rivera, que señala que el interno CARLOS PATRICIO BOLADOS CASTILLO, no logra reunir las características para definir una red de apoyo prosocial, además de considerar la contaminación criminógena. No presenta recursos personales y sociales óptimos, y de acuerdo a lo establecido en el D.L. Nº321, de 1925 y sus modificaciones posteriores, y Ley N°21.124 de 18 de enero de 2019, también modificatoria de dicho Decreto Ley,
Fallo
SE RESUELVE: 1. Que, se DENIEGA, el beneficio de Libertad Condicional al interno CARLOS PATRICIO BOLADOS CASTILLO”.”. Arguye que no puede ser soslayado que el amparado presenta avances en su proceso de reinserción social de los cuales da cuenta el informe social elaborado por la asistente social Ornella Spielman Guerrero, que refiere, en síntesis, que el amparado presenta participación y adherencia en las actividades propias de la unidad penal; asiste a la escuela de la unidad penal, obteniendo buenas calificaciones; cuenta con redes familiares de apoyo que favorecerán su proceso de reinserción en el medio libre; reconoce autoría en el delito cometido; realiza reflexión sobre las consecuencias negativas que genera en la sociedad el tráfico ilícito y el consumo problemático de drogas; y manifiesta arrepentimiento y deseos por alejarse de conductas ilícitas. Afirma que la Comisión incurre en ilegalidad y arbitrariedad al basar su decisión en un informe psicosocial de Gendarmería de Chile que no cumpliría con los requisitos exigidos en el artículo 2 N°3 del Decreto Ley 321, y por adolecer, en general, de deficiencias metodológicas que detalla en su recurso. Previas citas de derecho solicita acoger la acción intentada y, en definitiva, dejar sin efecto la resolución recurrida, otorgando la libertad condicional al amparado. Acompaña a su recurso 1. Copia de la resolución N°050-2022, pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional. 2. Formulario Consolidado de postulación a
Texto Completo (Preview)
Bolados Castillo, Carlos Patricio Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N°329-2022.- La Serena, cinco de agosto de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Rodolfo Bórquez Galleguillos, abogado, defensor público penitenciario, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Carlos Patricio Bolados Castillo, cédula nacional de identidad
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