Jdo. de Letras del Trabajo de Castro

MIRANDA/HERNÁNDEZ

Rol

J-7-2020

Fecha

3 de noviembre de 2020

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y teniendo presente: PRIMERO: Que ante este tribunal comparece don VÍCTOR ALEX MIRANDA NAVARRO, cédula de identidad N° 8640310-2 y solicita el pago de finiquito, y señala que aunque se encuentra firmado, nunca la parte procedió al pago del saldo de lo adeudado, que corresponde a la suma de $3.838.000 (tres millones ochocientos treinta y ocho mil pesos). SEGUNDO: Que, se contesta la pretensión negándola en todas su partes aduciendo que si se efectuó el pago ya que existe un recibo de pago, el cual fue firmado por la parte ejecutante con fecha treinta de enero del año dos mil veinte, en la que se declara haber recibido la totalidad del dinero de su finiquito a su entera satisfacción, por lo que la ejecutada opone la excepción de pago a la ejecución y solicita se declaré admisible, negar dar lugar a la ejecución y condenar en costas al ejecutante. TERCERO: Que a su vez, la ejecutante niega la autenticidad de su rúbrica estampada en el documento que se encuentra en custodia del Tribunal y que consiste en un recibo de dinero de fecha 30 de enero del año 2020, por lo que a solicitud de partes este Tribunal designa a la perito caligráfico doña CLAUDIA BARRENECHEA BLANC. CUARTO: Que con fecha uno de Julio del año dos mil veinte se recibe la causa a prueba por el término legal. QUINTO: Que la parte ejecutante rinde prueba de absolución de posiciones. SEXTO: Que, la parte ejecutada rinde prueba testimonial, compareciendo don HUGO ENRIQUE HAEGER VERA, Cédula de Identidad N°5.612.162-5 y don RAMON FABIAN MANSILLA OJEDA, Cedula de Identidad N°12.760.191-5 y absolución de posiciones. SÉPTIMO: Que conforme a la prueba rendida en autos, la pericia decretada es clara en establecer que….“Existe una certeza técnica fundada que la firma atribuida a don Víctor Alex Miranda Navarro, estampada en el Recibo de Dinero de fecha 30 de enero del 2020, NO PERTENECE a su autoría, por cuanto presenta en la firma dubitada un 100% de disimilitud sobre la firma indubitada. Firmas analiza

Fallo

se declara haber recibido la totalidad del dinero de su finiquito a su entera satisfacción, por lo que la ejecutada opone la excepción de pago a la ejecución y solicita se declaré admisible, negar dar lugar a la ejecución y condenar en costas al ejecutante. TERCERO: Que a su vez, la ejecutante niega la autenticidad de su rúbrica estampada en el documento que se encuentra en custodia del Tribunal y que consiste en un recibo de dinero de fecha 30 de enero del año 2020, por lo que a solicitud de partes este Tribunal designa a la perito caligráfico doña CLAUDIA BARRENECHEA BLANC. CUARTO: Que con fecha uno de Julio del año dos mil veinte se recibe la causa a prueba por el término legal. QUINTO: Que la parte ejecutante rinde prueba de absolución de posiciones. SEXTO: Que, la parte ejecutada rinde prueba testimonial, compareciendo don HUGO ENRIQUE HAEGER VERA, Cédula de Identidad N°5.612.162-5 y don RAMON FABIAN MANSILLA OJEDA, Cedula de Identidad N°12.760.191-5 y absolución de posiciones. SÉPTIMO: Que conforme a la prueba rendida en autos, la pericia decretada es clara en establecer que….“Existe una certeza técnica fundada que la firma atribuida a don Víctor Alex Miranda Navarro, estampada en el Recibo de Dinero de fecha 30 de enero del 2020, NO PERTENECE a su autoría, por cuanto presenta en la firma dubitada un 100% de disimilitud sobre la firma indubitada. Firmas analizadas respecto a los documentos indubitados convocados”, asimismo la parte ejecutante no ha ofrecido prueba

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GYHWRYGFHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.hora

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