LOS HUALVES SPA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUERTO VARAS
Rol
Fecha
5 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos: Que, a folio 1 se ha interpuesto reclamo de ilegalidad en contra de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas por el rechazo ficto, en aplicación del silencio administrativo negativo, del reclamo interpuesto en sede administrativa el 14 de junio del año en curso. Señala el reclamante que el plazo de 15 días hábiles administrativos que tenía el Alcalde para resolver su solicitud, venció con fecha 7 de julio de 2022, lo se confirmará con el certificado que otorgue la Secretaría Municipal de la Municipalidad de Puerto Varas, conforme a lo dispone la letra d) del artículo 151 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. Que, a folio 2 se resolvió que, previo a proveer se acompañe el correspondiente certificado del Secretario Municipal. Que, a folio 4 el reclamante señala que no cuenta con tal certificado y la I. Municipalidad de Puerto Varas se niega a extenderlo ya que aquella sí habría resuelto su solicitud, aunque ésta no se notificó legalmente. Que, a partir de lo indicado es evidente que no se ha dado cumplimiento a lo ordenado y a lo dispuesto en el artículo 151 de la Ley Orgánica de Municipalidades conforme al basamento hecho valer por el reclamante; razón por la que se omitirá pronunciamiento en estos antecedentes. Lo anterior, sin perjuicio de los derechos que el reclamante estime conveniente ejercer conforme a lo resuelto por la I. Municipalidad reclamada y la fecha de la notificación legal de lo resuelto por aquélla. Por estas consideraciones y, visto lo dispuesto en el artículo 151 del DFL 1 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, se omite pronunciamiento en estos antecedentes respecto del reclamo de ilegalidad municipal intentado a folio 1
Fallo
Por estas consideraciones y, visto lo dispuesto en el artículo 151 del DFL 1 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, se omite pronunciamiento en estos antecedentes respecto del reclamo de ilegalidad municipal intentado a folio 1
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, cinco de agostos de dos mil veintidós. A lo principal: no ha lugar. Al otrosí: por acompañados. Vistos: Que, a folio 1 se ha interpuesto reclamo de ilegalidad en contra de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas por el rechazo ficto, en aplicación del silencio administrativo negativo, del reclamo interpuesto en sede administrativa el 14 de junio del año en curso. Señala el reclaman
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