VOLCOM CAPITAL DEUDA FONDO DE INVERSION/ESPINOZA Y ARANCIBIA SPA
Rol
Fecha
23 de agosto de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de apelación materia del presente ingreso fue interpuesto con fecha nueve de mayo del presente año, en contra de la interlocutoria de prueba de quince de septiembre de dos mil veintiuno, la que fue notificada al recurrente el veintiuno de septiembre de dos mil veintiuno, según da cuenta el estampado receptorial del folio N° 78. 2.- Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación en contra de la resolución que recibe la causa a prueba sólo puede interponerse en subsidio de la reposición, dentro de tercero día de notificada aquella. En consecuencia, el plazo legal se encontraba vencido a la fecha de interposición del presente recurso. Y conforme lo dispuesto en los artículos 319, 201 y 205, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto en subsidio el nueve de mayo del año en curso, contra la interlocutoria de prueba de quince de septiembre de dos mil veintiuno. Regístrese y devuélvase. N°Civil-11136-2022.
Fallo
se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto en subsidio el nueve de mayo del año en curso, contra la interlocutoria de prueba de quince de septiembre de dos mil veintiuno. Regístrese y devuélvase. N°Civil-11136-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago. Santiago, veintitrés de agosto de dos mil veintidós.- pam. Al folio N° 3, estése a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de apelación materia del presente ingreso fue interpuesto con fecha nueve de mayo del presente año, en contra de la interlocutoria de prueba de quince de septiembre de dos mil veintiuno, la que fue notificada al recurrente el vein
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