GOMEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIOENS
Rol
Fecha
4 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°) Que, se interpuso acción constitucional de protección en favor de FABIOLA PATRICIA GÓMEZ MAMBEL, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros Nº26.363.896-4, dirigida en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por haber dictado la Resolución Exenta Nº151282 de fecha 27 de diciembre de 2021, del Departamento de Extranjería y Migración, dependiente del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, y notificada a la recurrente en fecha 13 de abril de 2022, a través del recurso de protección Rol N°1837-2021, mediante el cual se informó el rechazo de solicitud de permanencia definitiva, lo que vulnera el derecho fundamental de igualdad ante la ley, reconocido en el artículo 19 Nº2 de la Constitución Política de la República. En cuanto a los hechos, afirma que la resolución indicada rechazó la petición de permanencia definitiva por considerar que la solicitante no cuenta con estabilidad económica durante el período de visación, incurriendo en lo preceptuado en el artículo 138 inciso 8° en relación al artículo 26 N°4 del Decreto Supremo N°597, del Ministerio del Interior de 1984, correspondiente al antiguo Reglamento de la Ley de Extranjería, que señala que deberá ser rechazada la postulación de los que no tengan o no puedan ejercer profesión u oficio, o carezcan de recursos que le permitan vivir en Chile sin constituir carga social. Agrega que con fecha 15 de mayo de 2020 solicitó la permanencia definitiva, y en ningún momento se le solicito antecedentes adicionales durante la tramitación, a fin de subsanar la postulación en caso de ser necesario. A su juicio, la recurrida no debería invocar en el referido oficio como causal de rechazo, que la recurrente carece de recursos que le permitan vivir en Chile, sin antes haberle requerido antecedentes adicionales que le permitieran acreditar su verdadera situación económica. En efecto, cuenta con un trabajo estable, en el que ejerce su profesión como médico cirujano para la corporación municipal “Gabriel González Videla” de La Serena, en la cual presta sus servicios desde el 01 de enero de 2021, con un contrato de trabajo que se encuentra vigente. Previa cita de jurisprudencia en apoyo de su pretensión, pide que se acoja la acción interpuesta, “ordenando dejar sin efecto la decisión de rechazo, recurrida por ilegal y arbitraria, a los fines de que decida conforme a derecho la solicitud formulada, esto es que se soliciten los antecedentes que sean requeridos a la recurrente, con el propósito de realizar una nueva revisión documental de su solicitud, que permita a la autoridad migratoria tomar una decisión ajustada a la realidad, y en general adoptar todas las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho, todo lo anterior con expresa condena en costas.”. Acompaña a su presentación: 1. Comprobante de solicitud de permanencia definitiva. 2. Cédula de identidad para extranjeros. 3. Comprobante de pago de beneficio migratorio. 4. Resolución Exenta
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, SE RECHAZA el recurso de protección interpuesto en favor de FABIOLA PATRICIA GÓMEZ MAMBEL, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N° 3197-2022 Protección.
Texto Completo (Preview)
Gómez Mambel, Fabiola Patricia Servicio Nacional de Migraciones Recurso de Protección Rol N° 3197-2022.- La Serena, cuatro de agosto de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°) Que, se interpuso acción constitucional de protección en favor de FABIOLA PATRICIA GÓMEZ MAMBEL, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros Nº26.363.896-4, dirigida en contra del SERVICIO NACIONAL
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