MP YUMBEL C/ MIGUEL ANGEL ACUNA GUTIERREZ
Rol
Fecha
4 de agosto de 2022
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y OIDOS: 1.- Que la defensa ha apelado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Cabrero, que impuso la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Miguel Ángel Acuña Gutiérrez, y ha solicitado que en su lugar se le imponga la contemplada en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, lo que implica que admite la concurrencia de los requisitos previstos en las letras a) y b) del artículo 140 del mismo código. 2.- Que de lo manifestado por los intervinientes en esta audiencia, no se encuentra controvertido que el referido imputado fue detenido en su domicilio, previa autorización de entrada y registro del Juzgado de Garantía, encontrándose en su poder 17,4 gramos de cocaína base, sustancia que mantenía para la venta, repartida en 37 envoltorios de papel cuadriculado. Así las cosas, los antecedentes pormenorizados por el Fiscal justifican el delito que se investiga y los mismos permiten presumir fundadamente que Acuña Gutierrez ha tenido participación de autor en el. 3.- Que en cuanto la necesidad de cautela, tampoco se encuentra debatido que el referido imputado, ha cometido el delito de que se trata, mientras se encontraba sujeto a la cautelar prevista en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, que le había sido impuesta en los autos rol 981-2021, del ingreso del mismo tribunal, en el que se le atribuye la participación de autor de ilícito de la misma naturaleza. Que así las cosas, atendida la gravedad de la pena asignada al ilícito, el bien jurídico protegido, la circunstancia de mantener causa pendiente de la misma naturaleza, obligan a concluir que la prisión preventiva es la única medida cautelar proporcional y eficaz al caso en particular. Por estas consideraciones y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, la resolución apelada de veintiocho de julio último, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Cabrero, que impu
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, la resolución apelada de veintiocho de julio último, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Cabrero, que impuso la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Miguel Ángel Acuña Gutiérrez, toda vez que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese y devuélvase. Rol 821-2022.- Penal
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C.A. de Concepción Concepción, cuatro de agosto de dos mil veintidós. VISTO Y OIDOS: 1.- Que la defensa ha apelado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Cabrero, que impuso la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Miguel Ángel Acuña Gutiérrez, y ha solicitado que en su lugar se le imponga la contemplada en el artículo 155 letra a) del Códi
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