1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

FARÍAS/SUPERMERCADO MONTSERRAT S.A.C.

Rol

Fecha

4 de agosto de 2022

Materia

SUBTERFUGIO

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que en estos autos RIT O-4502-2021 sobre declaración de Unidad Económica de las empresas Supermercados Montserrat S.A.C., Inmobiliaria Santander S.A.; Inversiones Fontibre S.A.; Monserrat y Monserrat y Compañía Limitada, e Inversiones Ebro Spa el abogado Rodrigo Albornoz Pollmann en representación de 27 trabajadores que cuentan con créditos laborales determinados, solicita como medida precautoria, la retención de los dineros que la Sociedad Walmart Chile S.A. y/o Comercial Castro S.A. y/o SMU S.A. debe pagar a la demandada Inmobiliaria Santander S.A., por concepto de rentas de arrendamiento de los locales comerciales de su propiedad. 2°) Que el artículo 290 N°3 del Código de Procedimiento Civil, establece que “Para asegurar el resultado de la acción, puede el demandante en cualquier estado del juicio, aun cuando no esté contestada la demanda, pedir una o más de las siguientes medidas: 3a. La retención de bienes determinados” 3°) Que con los documentos acompañados en el folio 53 y los antecedentes que constan en la solicitud de medida por la solicitante consistentes en copias de sentencias y publicaciones de prensa especializada, además de la constatación de no haber sido cumplida positivamente la medida cautelar anteriormente dictada en contra de la demandada Montserrat, aparece la plausibilidad de la acción y la dificultad en el cobro de los créditos. En consecuencia, se revoca la resolución de trece de mayo de dos mil veintidós y en su lugar se decreta la medida precautoria de retención de dineros hasta por la suma de $349.192.253.- que las empresas Sociedad Walmart Chile S.A. y/o Comercial Castro S.A. y/o SMU S.A., deban a Inmiobiliaria Santander S.A. por concepto de rentas y cánones de arrendamiento por uno o más de sus locales comerciales, strip-centers o inmuebles en general, y en relación a cualquier contrato de arrendamiento o contrato oneroso en favor de cualquiera de las demandadas, que se haya celebrado entre una o más de

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cuatro de agosto de dos mil veintidós. Al escrito folio 5: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1°) Que en estos autos RIT O-4502-2021 sobre declaración de Unidad Económica de las empresas Supermercados Montserrat S.A.C., Inmobiliaria Santander S.A.; Inversiones Fontibre S.A.; Monserrat y Monserrat y Compañía Limitada, e Inversiones Ebro Spa el abogado

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