SIN INFORMACION

AGRICOLA LO ORREGO S.A./MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIRECCION DE AGUAS - (LTE)

Rol

Fecha

4 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA (FALLO DEL ACUERDO)

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Hechos

Vistos: Que comparece el abogado Sebastián Urrejola Souviron, en representación de la sociedad AGRICOLA ORREGO S.A., e interpone recurso de reclamación judicial conforme al artículo 137 del Código de Aguas, contra resolución de 26 de marzo de 2021, dictada por la Dirección General de Aguas, que rechazó recurso de reconsideración interpuesto contra resolución de 28 de diciembre de 2020, que fijó el listado de derechos de aprovechamiento de aguas afectos al pago de patente a beneficio fiscal por no uso. Solicita dejar sin efecto la resolución reclamada, declarando que la reclamante no está afecta al pago de la patente ya mencionada. Expone que la resolución fijó una patente contra la reclamada por 66.56 UTM. Alega que sí se utiliza la totalidad del agua que el derecho le confiere, y estarán ejecutadas las obras e instalaciones aptas para captación y extracción de las aguas. Además, plantea que, desde febrero de 2019, ante la Dirección General de Aguas, está pendiente un trámite de traslado de los puntos de captación, por la totalidad del derecho, y que en los nuevos puntos hay obras provisorias de extracción, que permiten aprovechar la totalidad de los derechos. Manifiesta que la resolución recurrida contiene tres errores. El primero es establecer que la reclamante carece de legitimación activa por haber acompañado una escritura carente de autenticidad y vigencia, pues sí acompañó tanto en el procedimiento administrativo como ante esta Corte copia de escritura pública en que constan los poderes vigentes de la reclamante. El segundo error consiste en que la resolución es dictada sin realizar visita a terreno y verificar el estado de las obras de captación. La última visita es de 10 de septiembre de 2019, según reconoce la propia resolución. En tercer lugar, alega que están pendientes las solicitudes de cambio de captación, y que ya están construidas y operativas las obras respectivas. Sobre el particular existe un informe técnico de la Dirección General de Aguas

Fundamentos

considerando: Que conforme a lo expuesto por la Dirección General de Aguas, no resulta posible configurar una infracción legal en la resolución que se reclama, toda vez que, se constató que, en el lugar de captación de las aguas, no se aprovechó el máximo en la extracción de la totalidad de los derechos concedidos, solo 1.6 litros por segundo de un total de 12 posibles, quedando el remanente sin usar. En virtud de ello, se fijó el pago de patente a beneficio fiscal por no uso del derecho. Si bien está pendiente de resolución aquella que recae en la solicitud de autorización de cambio de lugar de captación, lo cierto es que a la fecha de la fiscalización se ratificó el incumplimiento precedentemente señalado, según lo cual la presente acción no podrá prosperar. Atendido además lo dispuesto en el artículo 137 del Código de Aguas, se rechaza la reclamación deducida en contra de la resolución de 26 de marzo de 2021, dictada por la Dirección General de Aguas, que rechazó el recurso de reconsideración interpuesto contra la resolución de 28 de diciembre de 2020. Regístrese y comuníquese. Redactó el Ministro Muñoz Pardo. N° Contencioso Administrativo-345-2021. Pronunciada por la Cuarta Sala, presidida por el Ministro señor Juan Manuel Muñoz Pardo, e integrada por la Ministra señora Paola Danai Hasbun Mancilla, y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuedé. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, cuatro de agosto de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cuatro de agosto de dos mil veintidós. Vistos: Que comparece el abogado Sebastián Urrejola Souviron, en representación de la sociedad AGRICOLA ORREGO S.A., e interpone recurso de reclamación judicial conforme al artículo 137 del Código de Aguas, contra resolución de 26 de marzo de 2021, dictada por la Dirección General de Aguas, que rechazó recurso de reconsideración in

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