ANONIMIZADO
Rol
Fecha
3 de agosto de 2022
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Con los documentos presentados por la demandante al momento de la apelación se demuestra, efectivamente, que el domicilio del demandado es el de DIRECCION000, La Reina, razón por la cual el apercibimiento decretado carece de fundamento. Por lo anterior y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley № 19.968 de Tribunales de Familia, se revoca la resolución de diecinueve de mayo de dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de Familia de Santiago, en causa C-6495-2020 y se decreta en su lugar, que el Primer Juzgado de Familia deberá dar curso a la demanda como en derecho...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de agosto de dos mil veintidós. Al folio 10, téngase presente. Vistos: Con los documentos presentados por la demandante al momento de la apelación se demuestra, efectivamente, que el domicilio del demandado es el de DIRECCION000, La Reina, razón por la cual el apercibimiento decretado carece de fundamento. Por lo anterior y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley №
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