SIN INFORMACION

PALACIO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN

Rol

Fecha

3 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen los abogados Marjorie Dinamarca Jofré, Constanza Nazar Ortiz y Vicente Jiménez Guajardo, quienes interponen recurso de protección a favor de Irma Palacios Salcedo, venezolana, cédula de identidad venezolana N° 3.716.531, y en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el acto que estima arbitrario e ilegal consistente en la denegación de un título de residencia, que la recurrente necesita para efectos de estampar su visa aprobada, lo que estima vulnera las garantías contenidas en los numerales 2 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental, por lo que pide ordenar a la recurrida, en particular, que le conceda el título de residencia y que estampe su visa sujeta a contrato. Para fundar su recurso expone que la extranjera sale de Venezuela hace varios años, con el objetivo de reencontrarse con su hija Carla Carolina Márquez Palacios, quien actualmente tiene permanencia definitiva, saliendo con el pasaporte Nº 014021473, que fue emitido con fecha 16 de junio de 2008, y si bien lo prorrogó, dicha prorroga venció el 9 de noviembre de 2020. Agrega que con fecha 4 de junio de 2020, bajo el folio Nº 1743 y cod. 3402737, se le concedió la visa de dependiente de su hija antes mencionada, y desde ese momento ha intentado en varias ocasiones obtener un título de residencia para que le sea estampada la visación, el que no ha sido permitido por el sistema de Venezuela, dado que no registra salida desde ese país, disponiendo con fecha 8 de febrero de 2021, la sección Consular de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Chile, que quienes estén en esta situación, tendrían que escribir un correo electrónico solicitando que se marque la salida en Venezuela, y pueda solicitar su nuevo pasaporte en lugar diferente al país de origen, y a pesar de haber enviado múltiples correos, hasta la fecha de hoy, no tiene respuesta. Añade que pese a expresar de manera d

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas el recurso de protección interpuesto en favor de Irma Palacios Salcedo y en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-41932-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de agosto de dos mil veintidós. Al folio 7, a lo principal y primer otrosí, téngase presente, al segundo otrosí, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen los abogados Marjorie Dinamarca Jofré, Constanza Nazar Ortiz y Vicente Jiménez Guajardo, quienes interponen recurso de protección a favor de Irma Palacios Salcedo, venezolana, cédul

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