PARRA VALDIVIESO GEORGE ALBANO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
3 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto y Teniendo Presente: Primero: Que, comparece don Jorge Francisco Castro Díaz, abogado, quien interpone acción constitucional de amparo en representación de don George Albano Parra Valdivieso, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que decidió revocar el beneficio de la libertad condicional al amparado, sin ajustarse a la normativa aplicable por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal. Funda el recurso en que el amparado se encontraba en libertad condicional, siendo este beneficio revocado con fecha 07 de julio del presente año, toda vez que no se habría presentado a sus controles las semanas del 02 al 06, y del 09 al 13 de mayo, incumpliendo con ello la supervisión administrativa a la que se encuentra sujeto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo transitorio letra a) del Decreto N°338. Indica que durante las fechas aludidas, el amparado no pudo asistir a su control de firma, en razón de un hecho de fuerza mayor relacionado con su estado de salud. Al respecto expone que el día dos de mayo, un profesional dentista le indicó reposo por una semana, con medicamentos, por la extracción de una muela del juicio, y que durante la segunda semana de ausencia se encontraba con estrés, ansiedad y trastornos del sueño, siendo entregado el correspondiente documento que lo acredita. Refiere que luego del término de su convalecencia, habría concurrido a CRS, a fin de justificar su inasistencia, siendo informado que la incomparecencia ya había sido informada, manteniendo su firma hasta el día 15 de julio. Previas citas legales, solicita se restablezca el imperio del derecho, revocando la resolución recurrida, y se ordene el reingreso del amparado al cumplimiento de su condena bajo la modalidad de libertad condicional, acompañando como antecedentes a su recurso, entre otros documentos, la orden de atención de urgencia médica dentista y su receta y la atención del Centro Médico Rapha SpA. Segundo: Que, evacuando informe el Ministro Presidente de
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C.A. de Santiago Santiago, tres de agosto de dos mil veintidós. Al folio N° 8: téngase presente. Visto y Teniendo Presente: Primero: Que, comparece don Jorge Francisco Castro Díaz, abogado, quien interpone acción constitucional de amparo en representación de don George Albano Parra Valdivieso, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que decidió revocar el beneficio de la libertad condici
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