NEIRA MORALES BORIS CHRISTOPHER/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
3 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, recurre de amparo doña Viviana González Trabol, Defensora Penal Pública Penitenciaria, por el condenado Boris Christopher Neira Morales, interno en el CCP Colina II, quien interpone recurso en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional -correspondiente al primer semestre del año 2022- sin ajustarse a la normativa regulada para el caso, lo que afecta y perturba su garantía constitucional de la libertad personal consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitucional Política de la República. Postuló la ilegalidad en el obrar de la recurrida toda vez que rechazó el beneficio de libertad condicional, a pesar de cumplir con todos los requisitos de carácter objetivo para su otorgamiento, sin considerar además, los avances que el amparado ha vivenciado en el proceso de reinserción social, volcado su vida intrapenitenciaria a mejorar su situación de vida, esforzándose por mantener una conducta muy buena, manteniendo una actividad laboral como mozo, se encuentra cursando 3° y 4° medio en la Unidad Penal, y cuenta con una red familiar, que es su principal soporte generador de oportunidades. Previas citas legales, constitucionales y de tratados internacionales, solicitó que se acoja el recurso adoptando las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y disponer que se deje sin efecto la resolución recurrida, decretando en su lugar que se concede el beneficio de libertad condicional de manera inmediata. Segundo: Que, informando el Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, expuso que por resolución de 14 de abril del presente se resolvió por unanimidad rechazar la postulación del amparado al beneficio solicitado, toda vez que si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y que además mantiene conducta intachable durante los cuatro
Fundamentos
fundamentos que justifican la negativa de conceder al amparado el beneficio de la libertad condicional que reclama. En efecto, la evaluación observa que, se encuentra en una etapa inicial con respecto a la conciencia del delito, presentando una baja conciencia del daño causando en las víctimas, permaneciendo en etapa de contemplación en cuanto a la disposición al cambio, por lo que se requiere trabajar componentes como el patrón antisocial y su orientación procriminal. Si bien existe una red de apoyo familiar alejada de ambientes criminalizados, no se han desarrollado actividades en conjunto, en libertad. Sexto: Que, de lo consignado en el motivo anterior, a la luz del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, puede concluirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional impetrada por el condenado, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y a la inteligencia que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, lo que le permitió concluir que el amparado no era merecedor de esta prerrogativa. En concepto de esta Corte, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que señala, y por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de esta determinación haya incurrido en alguna ilegalidad o arbitrariedad.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo constitucional deducido en favor de Boris Christopher Neira Morales. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Amparo N°3076-2022.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de agosto de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, recurre de amparo doña Viviana González Trabol, Defensora Penal Pública Penitenciaria, por el condenado Boris Christopher Neira Morales, interno en el CCP Colina II, quien interpone recurso en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber recha
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