JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE

MP. C/ MATILDE DEL CARMEN ORELLANA VALLEJOS.

Rol

Fecha

3 de agosto de 2022

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes y lo expuesto en esta audiencia, compartiendo lo razonado por la Juez de Garantía en orden a que resulta innecesario –por ahora- disponer la prisión preventiva de la imputada y atendido lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada en cuanto rechazó la petición del Ministerio Público en tal sentido, sin perjuicio de lo cual, actuando de oficio esta Corte, se impone a doña Matilde Del Carmen Orellana Vallejos, las medidas contempladas en el artículo 155 letras a), d) y g) del Código Procesal Penal, esto es arresto domiciliario nocturno desde las 22:00 hrs. a las 6:00 del día siguiente, la prohibición de salir del país y la prohibición de acercarse a la víctima, debiendo el tribunal a quo disponer lo pertinente para el cumplimiento de lo resuelto. Acordada con el voto en contra del ministro señor Ovalle quien estimando que los antecedentes justifican la existencia de un delito de homicidio frustrado, considera que la prisión preventiva resulta necesaria y proporcional en la presente causa. Devuélvase vía interconexión. Comuníquese. Rol N° 2098-2022-Penal

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San Miguel, tres de agosto de dos mil veintidós. Sala: Quinta-Zoom. Rol Corte: 2098-2022-PENAL Ruc: 2200735197-K Rit: 2900-2022 JUZGADO DE GARANTIA DE TALAGANTE Ministro de fe: Felipe Espinoza Nilo. Ministerio Público: Alexandra Álamos Nanjari. Defensor: Eduardo Saavedra Díaz Imputado: MATILDE DEL CARMEN ORELLANA VALLEJOS Escritos proveídos en audiencia: folios 3 y 4. San Miguel, tres de agost

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