29º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

MINERACENTINELA/SOTO

Rol

Fecha

3 de agosto de 2022

Materia

CONFESIÓN DE DEUDA, CITACIÓN

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Que sin perjuicio de que a la fecha de presentación de la gestión materia de autos, no se encontraba vigente la modificación introducida por la Ley N°21.394 respecto al artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, se evidencia con nitidez del texto de la solicitud, que es menester la substanciación de un juicio declarativo previo para acreditar la relación contractual y existencia de la obligación cuya ejecución se pretende preparar por esta vía, por lo que tal gestión resulta improcedente. Y atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución de dieciséis de diciembre del año dos mil veintiuno, dictada por el 29° Juzgado Civil de Santiago. Devuélvase vía interconexión. N°11711-2021-Civil.

Texto Completo (Preview)

Alegó previo anuncio y relación pública, el abogado don Javier Fernández Carrera por el recurso. Santiago, 3 de agosto de 2022. Cristián Alcántara Mödinger, relator. Santiago, tres de agosto de dos mil veintidós. A los escritos folios N° 10 y 11: A todo, téngase presente. Vistos: Que sin perjuicio de que a la fecha de presentación de la gestión materia de autos, no se encontraba vigente la modi

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