GARRAO/BANCO SECURITY
Rol
Fecha
3 de agosto de 2022
Materia
ART. 19 Nº 1 CPR. DERECHO A LA VIDA Y LA INTEGRIDAD
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: Que no se vislumbra el perjuicio que produce a la demandada la medida cautelar decretada por el juez a quo, en atención a que, como reconoció en estrados, ha dado cumplimiento al pago de las licencias médicas, operación que por lo demás realiza en atención al convenio celebrado con la entidad respectiva, en que interviene exclusivamente a modo de buzón, razón por la que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 476 y siguientes del Código del Trabajo, se confirma la resolución de seis de mayo de dos mil veintidós, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Acordada la decisión con el voto en contra de la ministra Leyton Varela, quien fue de opinión de revocar la aludida resolución, teniendo únicamente en consideración que los efectos en el retardo en el pago de las licencias médicas no se vinculan con las acciones que se dedujeron, ni aun con la de tutela por discriminación que sustenta la pretensión de la trabajadora, más cuando la medida cautelar dispuesta obliga al pago oportuno de una prestación devengada con posterioridad al término de la relación laboral. Con ello no se dice que la reglamentación interna de la demandada pueda entorpecer el pago más expedito del respectivo subsidio, pero ello nada tiene que ver con los presupuestos que contempla el artículo 444 del Código del Trabajo para decretar una medida de esta índole y pasa, en definitiva, por una actuación administrativa ajena a la litis. Comuníquese. N°Laboral - Cobranza-1468-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dos de agosto de dos mil veintidós. A los folios 8, 9 y 10, a todo, téngase presente. Vistos y teniendo, además, presente: Que no se vislumbra el perjuicio que produce a la demandada la medida cautelar decretada por el juez a quo, en atención a que, como reconoció en estrados, ha dado cumplimiento al pago de las licencias médicas, operación que por l
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