M.P C/ ALBERTO ELIAS BUSTAMANTE RIQUELME
Rol
Fecha
3 de agosto de 2022
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el que fue formalizada la investigación, y se estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,
Fundamentos
considerando su gravedad, bien jurídico afectado y la circunstancia que a la fecha de comisión de los hechos el imputado contaba con medidas cautelares decretadas por un delito de la misma especie, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintiséis de julio del año en curso, por el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la prisión preventiva del imputado Alberto Elías Bustamante Riquelme. Acordada con el voto en contra de la ministra Alejandra Pizarro Soto, quien fue del parecer de revocar la referida resolución, dejar sin efecto la prisión preventiva impuesta a Alberto Elías Bustamante Riquelme y decretar a su respecto las medidas cautelares de arresto domiciliario total y prohibición de salir del país, contempladas en las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, por estimar que éstas son suficientes para asegurar los fines del procedimiento y atendida la prognosis de una eventual pena. Comuníquese vía interconexión. N° 2101-2022 Penal.
Texto Completo (Preview)
En San Miguel, a tres de agosto de dos mil veintidós. Sala: Tercera Sala Rol: 2101-2022 Penal Ruc: 2200715694-8 RIT: 2132-2022 Tribunal: 12° Juzgado de Garantía de Santiago Integrantes: Ministros señora Adriana Sottovia Giménez y señora M. Alejandra Pizarro Soto y Abogado Integrante Roberto von Bennewitz Álvarez. Relator: Nicole Kemp Gomila Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Paul Saint
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