SIN INFORMACION

TORRES / HOSPITAL DR. GUSTAVO FRICKE DE VIÑA DEL MAR

Rol

Fecha

2 de agosto de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1, comparece Cinthia Torres Veas, estudiante, hija de don Luis Torres Rodríguez, trabajador independiente, ambos domiciliados en Villa O’Higgins, Pasaje 5 N° 532, ciudad de La Calera, interponiendo recurso de protección en contra del Hospital Gustavo Fricke, en contra del Fondo Nacional de Salud Chile, y en contra del Ministerio de Salud Chile, por infringir el artículo 6 y letras a) e i) del artículo 19 de la Convención Interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores, en cuanto a que su padre, de 65 años de edad, quien padece un tumor cerebral y ha tenido un acceso discriminatorio a los cuidados en su salud, lo han mantenido aislado de la familia, y han provocado un sufrimiento innecesario, toda vez que, al ser trasladado desde el Hospital Clínico de la Universidad Católica, hasta el Hospital Público Gustavo Fricke, se encuentra, aislado de la familia, sin comunicación, deprimido y sin recibir una atención preferencial ni de calidad. Indica que con fecha 08 de agosto del 2021, su padre fue diagnosticado con un tumor cerebral maligno, activándose la ley de urgencias a su respecto, en el Hospital Clínico de la Universidad Católica. Y al día siguiente, les indican que debe comenzar con quimioterapias de forma urgente, activando el GES, debiendo el hospital más cercano a su domicilio “rescatar” a su padre para comenzar las quimioterapias; así fue trasladado al Hospital Gustavo Fricke, al día siguiente, donde actualmente se encuentra hospitalizado. Alega que el acto recurrido radica en que existe una diferencia abismante en lo que es la atención de un adulto mayor y su grupo familiar entre el sistema público y en el sistema privado. En el hospital clínico de la Universidad Católica su familia se turnaba para que su papá no quedara solo, ello autorizado por la clínica, es decir, existe un acompañamiento efectivo hacia el paciente adulto mayor, y no lo tienen aislado, como trata la Convención que hace referencia. Sin emba

Fallo

Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción, ordenando a los recurridos que su padre sea trasladado al Hospital Clínico de la Universidad Católica de Chile, y que sea el Estado quien pague sus gastos médicos, atendido que es el Hospital Gustavo Fricke quien se excusa en señalar que no dan abasto con tanto paciente, que no tienen personal para brindar una mejor atención, y tampoco tienen los protocolos para que un adulto mayor no se encuentre aislado o abandonado en su tratamiento de salud. A folio 5, informa el Hospital Gustavo Fricke de Viña del Mar, solicitando el rechazo de la acción. En primer lugar, alega la litispendencia, toda vez que los hechos descritos en esta acción constitucional de protección guardan idéntica relación con los ventilados en la causa rol 39654-2021 de esta misma Corte y entre las mismas partes, pero cuya resolución todavía se encuentra pendiente. Debe tenerse presente, además, que lamentablemente la persona en cuyo favor se interpuso la acción falleció el 6 de septiembre de 2021, y en consecuencia, el titular de los derechos dizque conculcados no puede defenderlos por sí o debidamente representado en los términos referidos en los arts. 20 de la Constitución Política de la República y 1 y 2 del Auto acordado n° 94 de 2015 de la Excelentísima Corte Suprema, ya que suponen afectaciones actuales a las garantías fundamentales. Sin perjuicio de lo anterior, en cuanto al fondo, indica que de una interpretación armónica de los artículos 1 inci

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, dos de agosto de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece Cinthia Torres Veas, estudiante, hija de don Luis Torres Rodríguez, trabajador independiente, ambos domiciliados en Villa O’Higgins, Pasaje 5 N° 532, ciudad de La Calera, interponiendo recurso de protección en contra del Hospital Gustavo Fricke, en contra del Fondo Nacional de Salud Chile, y en contr

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