ANONIMIZADO
Rol
Fecha
2 de agosto de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el método de notificación propuesto por la defensa del procesado es expedito y eficaz, no lo deja en la indefensión y que el hecho de no tener el Tribunal de la instancia un sistema de tramitación informático no resulta óbice para que pueda efectuar notificaciones vía correo electrónico,
Fundamentos
considerando además lo dispuesto en la actual redacción del artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, que impone a los abogados la carga de designar un correo electrónico...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, dos de agosto de dos mil veintidós. Al escrito de folio N°7, téngase presente. Al escrito de folio N°8, téngase por acompañado. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el método de notificación propuesto por la defensa del procesado es expedito y eficaz, no lo deja en la indefensión y que el hecho de no tener el Tribunal de la instancia un siste
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