BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/LA IKURRINA SPA
Rol
Fecha
2 de agosto de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CH INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Que la resolución recurrida – en cuanto dispone que el ejecutante limite el capital demandado- no se encuentra en ninguna de las hipótesis del artículo 188 del Código de Procedimiento Civil que establece que “Los autos y decretos no son apelables cuando ordenen trámites necesarios para la substanciación regular del juicio; pero son apelables cuando alteran dicha substanciación o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley”, por lo que, atendida la naturaleza de la resolución apelada, no procede su impugnación por la presente vía. Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 188 y 189, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de la resolución del día cuatro de marzo del año en curso. Devuélvase por interconexión. Rol N° 324-2022 CIV
Fallo
Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 188 y 189, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de la resolución del día cuatro de marzo del año en curso. Devuélvase por interconexión. Rol N° 324-2022 CIV
Texto Completo (Preview)
CH (kce) San Miguel, dos de agosto de dos mil veintidós. Vistos: Que la resolución recurrida – en cuanto dispone que el ejecutante limite el capital demandado- no se encuentra en ninguna de las hipótesis del artículo 188 del Código de Procedimiento Civil que establece que “Los autos y decretos no son apelables cuando ordenen trámites necesarios para la substanciación regular del juicio; pero son
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